Deslealtad institucional

OPINIÓN

LÍNEA ABIERTA

21 oct 2002 . Actualizado a las 07:00 h.

A LA ESPERA de realizar análisis más pormenorizados y confiando manejar información estadística ahora inexistente, intentaré resumir los tres cambios más relevantes que a mi juicio introduce el proyecto de ley, aprobado por el Consejo de Ministros el pasado día 11, sobre la financiación municipal. Estos cambios son: a) exención del IAE para numerosos contribuyentes sin compensación explícita; b) incertidumbres excesivas sobre la evolución de las transferencias estatales, y c) aumento de la capacidad normativa en la imposición municipal. La exención del IAE para los contribuyentes cuya cifra de negocios no supere el millón de euros/año introduce un factor de perturbación y desigualdad relevante en el conjunto de las haciendas locales. Porque numerosos municipios ya no obtendrán recursos del impuesto, otros perderán una parte significativa del mismo y sólo los municipios más potentes podrán recuperar, subiendo el IAE a las empresas no exentas, las pérdidas ocasionadas por la reforma. El proyecto de ley no incluye mecanismo alguno para compensar estas pérdidas. El segundo cambio introduce desorientación, además de incertidumbre. A partir del año 2004, los municipios que son capitales de provincia o de comunidad autónoma, así como las ciudades con población de derecho igual o superior a 100.000 habitantes, recibirán una participación territorializada del IRPF, IVA e impuestos especiales (IE). Esto que parece una revolución en términos de suficiencia financiera, es realmente un espejismo. Porque a los municipios implicados se les reduce la transferencia estatal por igual cuantía en el año cero (2004), de modo que el volumen total de recursos no se modifica. La clave está en como evolucionen después los dos tramos de esta aportación estatal (participación territorializada y participación en los ingresos del Estado). Y no existen garantías de que el crecimiento del IRPF, IVA e IE, en cada ciudad, supere al crecimiento que experimente el resto de la transferencia. En ese caso, los perjuicios económicos de los municipios se agravarían. Finalmente, la reforma otorga mayor capacidad normativa a la tributación municipal. Esto, que siempre es positivo, introduce en este caso una perversión evidente, porque la merma de los ingresos municipales sólo se recupera aumentando los impuestos. Por eso el IBI incluye ahora una especie de IAE vergonzante al ofrece la posibilidad de aplicar tipos diferenciados en función del uso que tenga el inmueble. El Gobierno central puede seguir presumiendo de que baja los impuestos, pero los municipios españoles deberán soportar el coste político de aumentarlos para simplemente quedar como estaban. La FEMP llamó a esto, con razón, deslealtad institucional.