Me permitirán que, por una vez, ceda a la tentación profesional y comience citando un artículo de la Constitución. El 27.3 dice lo siguiente: «Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones». Ese precepto, junto a otros, fue la expresión de un pacto entre la Iglesia Católica y el legislador constituyente que dio arreglo al tradicional contencioso Iglesia/Estado y facilitó la consolidación democrática en España. Fruto de tal pacto, el artículo 27.3 se tradujo en que el Estado asumió el coste de una asignatura voluntaria ¿la Religión católica¿ dispensada por profesores nombrados por la Iglesia y según programas fijados por la misma. Ese modelo de enseñanza religiosa, explicable en un país con un altísimo porcentaje de católicos, resulta, sin embargo, insostenible en otro en el que, veinticuatro años después, no sólo ha disminuido aquél palpablemente, sino en el que, además, y a consecuencia de la inmigración principalmente, existen importantes comunidades religiosas no católicas. En ese contexto, el diseño de enseñanza religiosa que se contiene en el proyecto de ley de calidad será, casi seguro, una fuente constante de problemas. Y es que, según el texto del PP, pasará a haber un área ¿Cultura y Religión¿ que comprenderá una opción confesional y otra no confesional, ambas de oferta obligatoria, y ambas computables a efectos de calcular la nota media, aunque carentes de otros efectos académicos: el Gobierno fijará el programa mínimo de la opción no confesional y las autoridades religiosas el de la opción confesional. Los eventuales problemas de ese modelo son fácilmente imaginables: ¿Podrá el Estado financiar la enseñanza religiosa de todo grupo que lo solicite? ¿Deben los ciudadanos sin convicciones religiosas pagar con sus impuestos tal modelo? ¿Es razonable que unos niños sean formados en los valores del catolicismo o del Islam y otros en los de una sociedad abierta y pluralista? ¿No podría contribuir esta duplicidad de itinerarios a asentar unas diferencias que la escuela debe tender a corregir? ¿No existe ningún modelo alternativo, más respetuoso con la diversidad religiosa e ideológica y, también, con el laicismo de un Estado democrático del siglo XXI? Creo que sí. Creo que existe otro modelo más sencillo y respetuoso para todos ¿el consistente en introducir una asignatura obligatoria centrada en el estudio de la historia de las religiones¿ que, reinterpretando a la altura de los tiempos el artículo 27.3 de la Constitución, podría contribuir a dar a los alumnos información relevante para su futura formación en una época que, como la descrita hace siglo y medio por John Stuart Mill, el gran profeta de la libertad civil, está también «desprovista de fe, pero aterrorizada por el escepticismo».