Absuelven a un lucense acusado de agredir sexualmente a una familiar, menor de edad

André Siso Zapata
André S. Zapata LUGO / LA VOZ

LUGO

Fachada de la Audiencia Provincial de Lugo
Fachada de la Audiencia Provincial de Lugo ALBERTO LÓPEZ

La Audiencia Provincial no ve pruebas suficientes al basarse solo en el relato de la denunciante

03 nov 2025 . Actualizado a las 16:53 h.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Lugo ha dictado una sentencia absolutoria a favor de un hombre acusado de un delito continuado de agresión sexual sobre su prima, menor de edad. El tribunal concluye que, si bien la declaración de la víctima fue la «principal prueba incriminatoria», esta no fue suficiente para «desvirtuar la presunción constitucional de inocencia» debido a la falta de corroboración y a la presencia de «dudas fundadas» sobre cómo ocurrieron los hechos.

El Ministerio Fiscal solicitaba una pena de 12 años de prisión para el acusado, al que se le imputaban tocamientos contra la menor, que tenía entre 13 y 15 años cuando supuestamente ocurrieron los hechos, entre el 2019 y el 2021. La denuncia se interpuso en febrero del 2022.

Sin embargo, tras la celebración del juicio oral, la sala considera que «no ha quedado probado que el acusado, aprovechando el descuido de los demás adultos presentes [...] buscase el contacto físico con ella con fines de naturaleza sexual».

El relato de la menor

El núcleo de la sentencia se centra en la valoración de la declaración de la víctima. Aunque los informes psicológicos del Imelga consideraron «creíble» el relato de la menor, la Audiencia recuerda que estos informes «en ningún caso pueden determinar si las declaraciones se ajustan a la realidad, tarea que incumbe exclusivamente al órgano de enjuiciamiento».

El tribunal destaca un punto fundamental en la acusación: la mayoría de los episodios de abuso descritos por la víctima habrían ocurrido en presencia de terceros, como la madre de la menor, la tía (madre del acusado) o primas. Pese a ello, la sentencia es tajante al afirmar que «ninguno de estos familiares corrobora haber presenciado tales conductas ostensibles por parte del acusado».

Es más, los testimonios de familiares directos del acusado, como su madre y su hermana, «sencillamente contradicen la declaración de la denunciante», llegando a afirmar que era la menor quien «provocaba en cierta medida al acusado» con «comportamientos raros». La sala también señala que «algunos de los hechos narrados por la víctima pugnan con la lógica o resultan difícilmente contextualizables». 

Ante este escenario, con la versión de la víctima y la del acusado «totalmente contradictorias», el tribunal opta por la absolución. La sentencia subraya que, aunque el testimonio de la víctima puede ser prueba de cargo suficiente en delitos sexuales, en este caso específico «se advierten ciertas fisuras en su relato».