La aerolínea no aceptó el libro de familia mostrado por su acompañante
07 sep 2011 . Actualizado a las 06:00 h.La compañía Ryanair deberá indemnizar con 250 euros más el reembolso del precio del billete a un pasajero y a la niña que lo acompañaba, a los que los empleados de la aerolínea no dejaron embarcar porque la menor, de cuatro años, no disponía de DNI. Así lo ha resuelto la Agencia Estatal de Seguridad Aérea tras considerar «injustificada» la denegación de embarque en tanto en cuanto el adulto aportó para viajar con la niña el original del libro de familia, según explicó la Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana, que atendió la denuncia presentada por estos hechos.
La aerolínea argumentó que su normativa interna establece que los menores de 16 años que viajen con un adulto deben disponer de un documento de identidad con fotografía para viajar en vuelos entre países del espacio económico europeo. No obstante, la asociación sostuvo que no por ello se pueden vulnerar las normas imperativas y de seguridad de la Agencia Española de Seguridad Aérea, normas básicas de obligado cumplimiento para las compañías, y que disponen que los españoles menores de 14 años, en vuelos nacionales, están exentos de llevar documentación, siendo en todo caso responsable de ellos la persona adulta con la que realizan el viaje.