El promotor recurrió la sentencia de resolución de los contratos y lo hizo en desacuerdo por los 10.733,68 euros que le condenaron a indemnizar al comprador por los muebles que éste instaló en la cocina. A este respecto la sentencia de la Audiencia Provincial aclara que con independencia de que la empresa acreditara o no la puesta a disposición de Gómez Carballeira de los muebles, «lo cierto es que estando ante un incumplimiento doloso procede reconocer la cantidad cuando está acreditada que fueron muebles específicamente adquiridos e instalados para los huecos de la cocina y su instalación en la misma durante el largo tiempo que allí lleva comporta la procedencia de la indemnización, en atención a su deterioro y el difícil encaje en otra cocina».
José Gómez Carballeira fue denunciado por injurias por las declaraciones efectuadas ante los medios de comunicación en diciembre del 2009. El Juzgado de Instrucción número uno lo absolvió de los cargos que le imputaba el promotor.