El empresario le propinó un golpe que le causó la ceguera de un ojo El condenado, que deberá pagar 34.980 euros a la víctima, recurrirá la sentencia de la Audiencia
20 abr 2007 . Actualizado a las 07:00 h.?a Audiencia Provincial ya dictó sentencia sobre el juicio celebrado el pasado 6 de marzo contra el empresario lucense Baldomero Cabadas Miguel. La justicia le condena a una pena de tres años de prisión con la inhabilitación del derecho a voto por el tiempo de condena y al abono de las costas como autor de un delito de lesiones contra un cliente del establecimiento que regentó durante un tiempo. Además, el hostelero lugués deberá pagar a la víctima 34.980 euros en cantidad de indemnización. Según recoge la sentencia como hechos probados, Baldomero Cabadas Miguel se acercó a la víctima, «que llevaba bastante tiempo alterando el orden en el establecimiento debido a que se encontraba bajo los efectos del alcohol» -señala la sentencia- y le pidió que cesara en su actitud. El fallo señala que el cliente se negó a abandonar el local y comenzó una discusión verbal entre ambos que acabó con el empresario golpeando con el puño al cliente, provocándole una herida en el ojo. Como consecuencia de estos hechos, el demandante fue trasladado al Hospital Xeral donde tuvo que ser intervenido quirúrgicamente. La víctima precisó de 238 días de curación y tuvo como secuelas una «ceguera legal secundaria a las complicaciones tras el traumatismo que determinaron la pérdida de la visión del ojo izquierdo», relata la sentencia de la Audiencia Provincial de Lugo. La sentencia recoge diversas atenuantes en la actitud del empresario. Por ejemplo destaca que la actuación se produjo a consecuencia «de la previa y renuente actitud del lesionado, quien además de ocasionar revuelo y mal ambiente, se opuso a abandonar el local (...), así entendemos que el estado pasional en el que estaba Baldomero como consecuencia de ver que su negocio esta siendo perturbado». Aun así, el tribunal lucense no le aplicó el criterio de legítima defensa, como pedía su abogado, ya que la actuación del cliente «no respondía a ninguna agresión previa», expone la sentencia. Peticiones El fiscal pedía siete años de prisión para el empresario y la indemnización al final resuelta por la Audiencia; mientras que la acusación particular pedía 12 años de cárcel y unos 9.000 euros más de multa. Por su parte, la defensa solicitó al tribunal la libre absolución ya que negaron los hechos. El hostelero lucense recurrirá la sentencia.