Desestimado el recurso del cese de la jefa de servicio de Medio Ambiente

La Voz LA VOZ | LUGO

LEMOS

PRADERO

Carmen Flores alegó que la destitución obedeció a su labor sindical en el Ayuntamiento La sentencia se hace eco de las malas relaciones entre la junta de personal y el Concello

28 nov 2005 . Actualizado a las 06:00 h.

?l Juzgado de lo Contencioso Administrativo desestimó el recurso presentado por la presidenta de la junta de personal del Ayuntamiento de Lugo, Carmen Flores Pardo, contra su cese como jefe de servicio del área de Medio Ambiente. Contra este fallo, dictado ayer mismo, cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. La vista se celebró en dos sesiones, una en mayo pasado, que se suspendió para practicar pruebas documentales y otra el pasado día 7, en que las partes presentaron las correspondiente alegaciones. La sentencia en sus fundamentos jurídicos señala que la jurisprudencia viene considerando que dada la naturaleza del nombramiento y del puesto que ocupaba Carmen Flores, libre designación. «Ésta podía ser removida libremente en virtud de la potestad organizativa del Ayuntamiento, sin que por el desempeño del mismo adquiriese derecho alguno a continuar en dicho puesto de trabajo, y ello es así porque los funcionarios nombrados por el sistema de libre designación pueden ser cesados libremente». Esta aseveración la justifica la jueza recurriendo a la normativa que rige este tipo de nombramientos y a la jurisprudencia sobre supuestos similares. La sentencia entra a valorar si concurrió en este caso alguna circunstancia de arbitrariedad «a fin de que se pueda entender que el acto de cese sea dispar de los fines del acto recurrido y del ordenamiento jurídico y que no se incardina en las potestades organizativas, concernientes y propias del cese, de un modo concorde con el interés público». Mal ambiente El juzgado contencioso reconoce que en las relaciones entre el Concello y la junta de personal existe mal ambiente. Dice que de ello «son buen ejemplo los recursos planteados en este juzgado, las mociones presentadas en el Concello por ciertos grupos a raíz del cese de la recurrente -no obstante no puede pasarse por alto que no son presentadas por todos los grupos municipales, sino sólo por el Partido Popular y el BNG, que son los cercanos a su ideología política- o la concentración de las escaleras del Ayuntamiento». La sentencia puntualiza que no deja de llamar la atención «la circunstancia de que en ese mismo ambiente se nombró a la recurrente en el puesto del que ahora es cesada y contra el que impugna en el presente recursos; y precisamente el ayuntamiento demandado sostuvo la legalidad de su nombramiento en el recurso contencioso administrativo que se tramitó en este juzgado contra el acto de su nombramiento". También hace mención a que los recursos a los que hizo referencia el letrado de la funcionaria «fueron interpuestos antes del nombramiento de la actora, que se produjo el 20 de octubre de 2004». Pedía indemnización Con la impugnación del decreto de cese la funcionaria reclamaba su reposición en su puesto de jefa de servicio de Medio Ambiente, con efectos administrativos desde que se produjo el cese. Pedía también las retribuciones dejadas de percibir y una indemnización por daños y perjuicios, cuya cantidad dejaba en manos del juzgador.