?l informe de la Diputación explica por otra parte que la mayoría de las pruebas son «vagas e imprecisas» y que a la interventora se le ocultó el contenido del expediente hasta que ya no se podían pedir más pruebas ni testimonios, por lo cual ya no hubo oportunidad de contrastar la veracidad de los testigos ni de las pruebas. «La conclusión no puede ser otra que la de que dichas irregularidades produjeron el efecto combinado de reducir sustancialmente las posibilidades de defensa procesal de la inculpada, viciando así de anulabilidad el procedimiento seguido». Por otra parte, el informe de la Diputación considera que el instructor, José Carlos Pérez Vázquez, debe abstenerse de votar durante el pleno, ya que si el que instruye la causa también ha de resolverla, se entendería que el proceso no reúne las garantías mínimas, sobre todo cuando hay enemistad manifiesta entre José Carlos Pérez y la interventora. Por último, en cuanto al contenido de las supuestas acusaciones, el informe entiende que no se dice cuándo tuvieron lugar los hechos, y con ello no se sabe si pudieron incluso prescribir; cuando se le atribuye retraso en los pagos entiende el autor del informe que no hay pruebas de ello; considera que para enviar un documento de un funcionario al Tribunal de Cuentas no es preciso que lo apruebe la corporación; y en general menciona casi todos los asuntos y concluye que no hay pruebas de casi nada. ?n la tarde de ayer se reunió la comisión previa al pleno de la interventora, que se celebrará el viernes a las diez de la mañana. Y ayer se incorporó otro nuevo informe técnico sobre el expediente: el realizado por la Diputación, a petición del concello, y que firma el vicesecretario general de la Diputación y director del Gabinete de Asistencia Jurídica, Francisco Javier Giménez Miralles. El informe, de 50 páginas y con constantes citas legales, concluye que «Debe dejarse sin efecto el expediente disciplinario, por cuanto le afectan vicios que el ordenamiento jurídico sanciona en unos casos con nulidad de pleno derecho y en otros con su anulabilidad». Decisión del pleno El primero de los motivos de anulación sería que es ilegal el acuerdo de apertura del expediente, que se tomó en un pleno del 5 de abril; y por tanto, si este acuerdo es nulo, lo son todas las actuaciones practicadas durante el expediente. Según el informe, «En el orden del día de dicho pleno no figuraba la apertura de un expediente informativo a la interventora y fue introducido durante uno de los puntos de dicha sesión del cinco de abril a propuesta del concejal Jaime Vázquez». Por tanto, se tomó una decisión sobre un asunto que no estaba en el orden del día, sin ser declarado como asunto de urgencia. Aunque no se dice si el pleno fue ordinario o extraordinario, el informe concluye que en cualquiera de los dos casos se hizo al margen de la ley, y que la urgencia del asunto no se contempló ni trató, ni explícita ni implícitamente.En el citado acuerdo tampoco se mencionaba que fuese a existir una comisión especial encargada de tramitar el expediente ni cual sería su composición. Por tanto, ni el pleno manda constituir esta comisión ni dice quién la va a integrar, lo que vulnera varios preceptos legales que también explica el informe.El mismo documento sigue poniendo patas arriba la legalidad del proceso con más argumentos: «La comisión informativa (y si no fuese informativa sería un órgano absolutamente novedoso) careció de presidente, que debería ser el presidente de la corporación o aquel en quien delegase, pero no consta que delegase en nadie».Otro asunto extraño que menciona el informe de la Diputación es que el concejal Xan Antón Rodríguez, del BNG, pedía públicamente al alcalde el 27 de junio que se constituyese la comisión y comenzase a trabajar, cuando el mismo concejal ya había estado en la constitución de dicha comisión el 15 de abril, casi un mes y medio antes. «En resumen, -continúa el informe- de la documentación se deduce que la comisión se constituyó (se autoconstituyó, propiamente) de modo irregular sin amparo en ningún acuerdo plenario y sin ajustarse a las normas de composición y funcionamiento que establece la legislación en régimen local para este tipo de órganos, lo que implicaría, nuevamente, la nulidad plena de su constitución y actuaciones al haberse prescindido total y absolutamente del procedimiento establecido para ello».La tercera ilegalidad que contempla el informe de la Diputación es que la comisión se extralimitó en sus funciones, porque en el pleno del 5 de abril se habla de un expediente informativo por el envío de un dosier del ayuntamiento al Tribunal de Cuentas y por usar medios públicos en una rueda de prensa, y luego imputa a la interventora un total de 18 supuestas irregularidades. «Por tanto investigar esos otros 16 asuntos resulta otra vez nulo de pleno derecho», concluye el informe en este punto.