Yvett Lugo: «La sentencia del Supremo incurre en prevaricación»
INTERNACIONAL
Para la abogada constitucionalista y presidenta del Colegio de Abogados de Caracas, la profesora universitaria Yvett Lugo, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia incurrió en un delito de prevaricación al otorgar un permiso indefinido a Hugo Chávez, a sabiendas de que con ello violaba los artículos del 231 al 234 de la Constitución venezolana, que fijan los criterios de ausencia temporal y de falta de un presidente electo a su toma de posesión.
-Usted ha dicho que la sentencia dictada por el TSJ es una sentencia política. ¿Por qué sostiene ese argumento?
-Los artículos del 231 al 234 de la Constitución son explícitos, no requieren aclaración, según una sentencia previa de la propia Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia emitida en el 2001. La interpretación que ahora se hace de los mismos es netamente política, y confirma que en Venezuela no hay separación de poderes, hecho admitido por su presidenta, Luisa Estella Morales, en el 2010, cuando afirmó que la separación de poderes debilita al Estado.
-¿Por qué afirma que hay prevaricación?
-Hay prevaricación porque la sentencia no establece ni falta temporal ni falta absoluta, ni prevé convocar una junta médica, ni establece lapsos para ello, a pesar de que no se sabe si el candidato electo está en capacidad de desempeñar el cargo; ni siquiera se sabe si vive, a pesar de que ha habido ausencia de informes médicos sobre su salud desde hace año y medio. Todo esto agravado porque su hospitalización es en Cuba, cuyo régimen dictatorial ha sido cómplice.
-¿Qué debería hacerse ahora?
-Debe aplicarse el artículo 233, es decir solicitar una fe de vida y conformar una junta médica. Si esa junta decreta la falta absoluta, se debe convocar elecciones en un plazo de 30 días. También debe advertirse internacionalmente que la ciudadanía está en indefensión, porque aquí se ha vulnerado la institucionalidad democrática.