La Justicia da validez a las escuchas al exdiputado del PP Pablo Cobián

xosé Carreira LUGO / LA VOZ

GALICIA

El abogado del imputado en el caso Campeón considera que en las grabaciones no se aprecia conducta delictiva

23 oct 2012 . Actualizado a las 07:00 h.

Las escuchas telefónicas indirectas que afectaron por lo menos durante ocho meses al exdiputado del Partido Popular por A Coruña Pablo Cobián en el marco de la operación Campeón que se instruye en Lugo fueron declaradas legales por parte de la Audiencia Provincial. La decisión, recogida en un auto que ayer fue comunicado a las partes, es de vital importancia para la continuidad y el desarrollo de la operación, basada esencialmente en pinchazos de teléfonos. Precisamente por esas escuchas, la jueza instructora fue tirando del hilo hasta acabar imputando a decenas de personas, entre ellas los principales responsables del Igape.

Ulises Bértolo, el letrado que defiende a Pablo Cobián, destacó ayer que, aun cuando el alto tribunal lucense no le da la razón en cuanto a la petición de ilegalidad de las escuchas, no planteó la posibilidad de presentar recurso porque considera que el auto de la Audiencia estima que de las grabaciones «no se desprende ningún tipo de conducta delictiva con respecto a Pablo Cobián». Interpreta el letrado que esta circunstancia es de vital importancia porque, en su opinión, lo que queda ahora son las «sucesivas y contradictorias declaraciones» del empresario Jorge Dorribo, considerado como principal cabecilla de la trama urdida para quedarse con dinero público de subvenciones. Bértolo ya anunció que en su momento que las teorías del titular de Nupel serán desmontadas.

La Audiencia Provincial de Lugo resuelve el recurso de Cobián después de que a mediados de abril la jueza instructora rechazara la petición de anular las escuchas a las que fue sometido Cobián de forma indirecta. El teléfono particular del que por entonces era diputado no llegó a ser pinchado. Sin embargo, sí lo estaban los de varios de sus interlocutores con los que mantuvo conversaciones en las que reparó la jueza a la hora de imputarlo. Esta decisión motivó que presentara la dimisión.

El letrado del exdiputado explicó ayer que la Audiencia lucense no aplicaba la denominada nulidad del hallazgo casual, como así se denomina a las escuchas aun sin intervención del propio teléfono. «Un hallazgo casual durante ocho meses deja de ser casual para pasar a ser permanente», recordó Ulises Bértolo. El abogado defensor también explicó que el auto incurre en un error al afirmar que la Xunta se opuso al recurso de Pablo Cobián, cuando realmente «refrendaba esencialmente mi recurso».