No ve irregularidades en la decisión que contradecía a Prisiones.
11 sep 2008 . Actualizado a las 09:48 h.El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) archivará el caso contra el titular del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 1 de A Coruña, Javier San Claudio Piñón, que en contra de la opinión de la junta de tratamiento de la cárcel de Teixeiro concedió el permiso que permitió fugarse al abogado José Emilio Rodríguez Menéndez. Los cinco miembros de la comisión disciplinaria decidieron archivar por unanimidad las diligencias informativas que se habían abierto para esclarecer la decisión del juez coruñés. El CGPJ considera que la resolución estaba perfectamente motivada y contaba con todo el amparo legal, así que no hay motivo para seguir investigando.
San Claudio detalló en el auto que el recluso merecía «confianza» a pesar de que en el 2005 «eludió temporalmente la acción de la Justicia», ya que «volvió a España de forma voluntaria». El máximo órgano de los jueces no aprecia irregularidades en la actuación de este magistrado, que también justificó el permiso -del 18 al 22 de agosto- al abogado madrileño por el grado de cumplimiento de la condena y el apoyo familiar.
En cuanto al riesgo de quebrantamiento de condena aducido por los responsables del penal, el juez consideró que no era «muy elevado (un 50%)», además de que «cuenta con arraigo en España, tanto en el plano familiar como profesional». Eso sí, el juez admitió que le constaba que, en el 2005, Rodríguez Menéndez se fugó. Además, justificó que en el plano psicológico el condenado «asume el delito cometido, con adecuada asunción de responsabilidades, y no hace atribuciones externas que minimicen su responsabilidad personal». Todo ello, arguyó el magistrado, «permite depositar en el interno la confianza necesaria para el disfrute del permiso solicitado y desvirtúa las razones esgrimidas por la junta de tratamiento» del penal coruñés.
En su coche
Como medidas preventivas, el magistrado impuso que el recluso debía presentar antes de su salida de prisión un billete de ida y vuelta al domicilio y personarse de forma diaria ante las fuerzas de seguridad. Rodríguez Menéndez pidió al juez ante esta disposición que se le eximiera de presentar el título acreditativo del viaje, ya que podía realizarlo «en un vehículo particular». Algo a lo que el magistrado de vigilancia penitenciaria accedió.
El problema es que un par de jornadas después Rodríguez Menéndez, al que se le devolvió el DNI al salir de prisión, pero no el pasaporte, se hizo con uno nuevo nuevo en una comisaría de Madrid y ya no regresó de su permiso penitenciario.