Las entidades tienen abierta la vía del Constitucional

L. p. Pontevedra / La Voz

FIRMAS

09 ene 2014 . Actualizado a las 07:00 h.

En mayo, una resolución del Supremo situó a las cláusulas suelo en la picota. Los magistrados madrileños consideraban, para el caso concreto de entidades como el BBVA o Novagalicia Banco, que tales disposiciones eran abusivas.

DEfinición

Un interés mínimo a pagar. Son disposiciones que establecen los intereses mínimos que se tendrán que abonar en la cuota mensual de la hipoteca pese a que la suma de índice de referencia, normalmente el euríbor, más el diferencial sea un porcentaje inferior. Es una suerte de blindaje para los bancos en casos, como el actual, en los que se producen caídas del euríbor.

problemática

Falta de información. Muchos afectados desconocían que estas disposiciones estaban recogidas en su hipoteca, mientras que otros descubrieron que, pese a tener conocimiento de su existencia, su aplicación los situaba en una posición de desigualdad frente a los bancos.

Resolución

Anulación judicial. No todas las entidades bancarias aplicaron suelos en las hipotecas de sus clientes. Los que sí lo hicieron vieron cómo el Supremo, en el caso concreto del BBVA y las Cajas Rurales, a las que se adhirió Novagalicia Banco, las anulaba por una falta de transparencia. El pasado diciembre, el alto tribunal volvió a ratificar su dictamen, una decisión que ha abierto la puerta para que las entidades puedan tratar de buscar el amparo del Tribunal Constitucional.