El abogado José Manuel Gareta y el detective Gonzalo Solís hablan sobre la protección de datos
10 nov 2013 . Actualizado a las 12:01 h.Vidas enfrentadas La ley de protección de datos
Ventilamos las penas, las vergüenzas y hasta los vicios más inconfesables en Facebook. Pero se nos inyecta de sangre la cara si nos llega al correo una oferta de suscripción a una revista que habla de tanques de la segunda guerra mundial. ¿De dónde sacaron mis datos? ¿Cómo saben que me apasionan las armas bélicas? Y en medio de todo esto hay una ley, la de protección de datos, que distingue muy bien lo que nosotros queremos airear de nuestra vida y lo que airea el resto de nosotros. Para debatir sobre esta norma que tan de cabeza trae, tanto al reservado como al perfecto indiscreto, reunimos en La Voz a un detective privado y a un abogado. El primero, que por razones obvias pide salir en la foto con el rostro a medio cubrir, se llama Gonzalo Solís. El letrado es José Manuel Garaeta.
Lo primero que dicen es que la ley de protección de datos «es necesaria». Pero tal y como está concebida, «es complicadísimo cumplirla al cien por cien». No solo cumplirla, añade el abogado, «sino también comprenderla», lo que obligó a las empresas que manejan datos a invertir en asesores o en cursos de formación. Porque les va la vida en ello. Literalmente. José Manuel Garaeta ha visto como alguna empresa se las ha visto moradas al tener que afrontar las sanciones que impone esta ley. Se dividen en leves (multas que van de los 600 a los 60.000 euros), graves (de 60.000 a 300.000) y muy graves (de 300.000 a 600.000). Estas últimas incluyen, por ejemplo, a los que piden o recogen datos de forma fraudulenta o engañosa. Es decir, cuando participamos en un sorteo de un flamante coche en Internet y nos piden hasta la talla del pantalón.
Legitimación
Ante estas fuertes sanciones, los profesionales, los de verdad, temen a esta ley como a la peste. El detective privado Gonzalo Solis explica cómo ha de ser su trabajo para no infringir la norma. Ellos solo pueden recabar información de alguien si es por encargo de una persona legitimada para ello y para un único fin. Ilustra con un ejemplo: «En cierta ocasión me contrató un empresario porque sospechaba que uno de sus trabajadores no cumplía con su horario ni deber. Lo seguí y descubrí que la razón de fumarse el trabajo tan a menudo era porque se pasaba el día con la amante. El cliente me contrató para averiguar si se ausentaba del trabajo, no si tenía amante. La ley me obliga a informar al empresario si el investigado va o no a trabajar, pero me prohíbe airear que se pasa el día con una guapa joven. Porque para eso no fui contratado».
Garaeta pone otro ejemplo para que nos hagamos una idea de lo «puntillosa» que puede llegar a ser la ley: «Recientemente se ha sancionado a una empresa porque en la entrada había un ordenador cuya pantalla apuntaba hacia el exterior y cualquiera que pasara por ahí podía ver datos de terceros». Peor aún: ¿Saben que reenviar uno de esos correos chistosos que nos manda un amigo, si lleva otras direcciones, va contra la ley? ¿Cuántas veces lo hicieron?
Gonzalo Solís
Detective privado
«Sólo podemos investigar o recabar datos de alguien si quien nos lo pide está legitimado para ello»
José Manuel Garaeta
Abogado
«¿Saben que reenviar un correo chistoso que manda un amigo puede ir contra la ley?»