La señalización de la mayor parte de los concellos es ilegal

Javier Benito
J. Benito LALÍN / LA VOZ

FIRMAS

miguel souto

Incumplen la norma que obliga a emplear el castellano y el gallego

23 may 2013 . Actualizado a las 07:00 h.

Las denuncias contra concesionarias de autopistas en Galicia, por rotular parte de sus señales en gallego, podrían producirse también en el ámbito local. La mayor parte de los indicadores que restringen el estacionamiento en los municipios de Deza y Tabeirós-Terra de Montes están fuera de la ley. Y es que el artículo 56 de la Ley de Tráfico aprobada en 1990 recoge: «Las indicaciones escritas de las señales se expresarán al menos en el idioma español oficial del Estado», sumándose mediante un real decreto posterior que también se deben redactar en la lengua oficial de la comunidad.

En Lalín, A Estrada o Silleda, por citar ejemplos de los principales núcleos de población de la zona, las inscripciones de muchas señales únicamente están escritas en gallego. Un incumplimiento de la normativa que en teoría conllevaría la invalidez o nulidad de cualquier sanción que se imponga por estacionar en zonas de servicio o de carga y descarga donde las delimitaciones horarias solo aparezcan reflejadas en gallego. En ciudades como Pontevedra ya se produjeron casos de anulaciones de multas en los tribunales tras esgrimir los conductores que habían aparcado en un espacio dedicado a carga y descarga durante el período de limitación horaria.

La posibilidad de que conductores multados en las comarcas puedan recurrir a la argumentación de la señalización para evitar su abono es una realidad, aunque no se esperan muchos recursos judiciales. Los supuestos infractores deberían interponer un contencioso, tras agotar la vía administrativa y ante la ausencia de jurisprudencia al respecto. Y a los demandantes les supondría abonar doscientos euros para recurrir la multa. En la mayoría de los casos las sanciones económicas están muy por debajo de esa cifra.