La última desestima la demanda de una hija y avala su gestión del bosque
09 sep 2012 . Actualizado a las 07:00 h.Una demanda presentada en marzo del 2007 por Lucía Espinosa Borrego contra su madre, Lucía Borrego Vázquez, y posteriormente, codemandada, también contra su hermana, María Espinosa, fue «desestimada íntegramente» en una sentencia de 23 de julio pasado, contra la que aún cabe recurso, por la jueza María Estela San José (la misma que lleva el caso Campeón).
Lucía Espinosa es heredera del bosque de Cascaxide en Silleda pero su madre es usufructuaria mientras viva. La demanda de Lucía Espinosa solicitaba que se retirara a su madre la administración del usufructo de las fincas y se entregara a ella su posesión. De no prosperar pedía un administrador judicial.
La demanda sustentaba la petición en considerar que la usufructuaria hacía mal uso de este en el cuidado de la explotación. Todo fue rebatido por las demandadas. El proceso fue interrumpido poco antes del juicio al producirse un hecho nuevo, la tala de árboles en el citado bosque de Cascaxide, cuestión que tuvo fuerte repercusión mediática al ir ligada una denuncia de Lucía Espinosa a la defensa del bosque como espacio natural en un debate jurídico frente al derecho usufructuario de talar árboles maderables. Este contencioso incorporado prolongo el proceso hasta finales del año 2009 cuando la demanda y la posterior apelación de Lucía Espinosa fueron desestimadas en el caso de la tala de árboles.
Incapacidad desestimada
La demandante también interrumpió el proceso con diversas diligencias en fiscalías provinciales gallegas solicitando la incapacidad de su madre, pretensión que fue desestimada. Pero además el juzgado abrió una pieza separada en el proceso para depurar si ha existido o no mala fe procesal, algo que al final la juez apreciaría y sancionaría (600 euros) en su sentencia de este apartado procesal de «cuestiones incidentales».
Tratar de enmarañar
La resolución se produce finalmente el 23 de julio pasado desestimando la demanda y aplicándole el pago de costas. Los fundamentos son nítidos. La jueza asegura que aunque se ha tratado de «enmarañar» con incesantes cuestiones procesales, el objeto de la demanda era retirar el legítimo usufructo a Lucía Borrego Vázquez por parte de su hija Lucía Espinosa.
No aportan pruebas
La jueza fundamenta su fallo en múltiples argumentos. Considera que no se han probado los hechos denunciados (falta de prevención de incendios, protección de asentamientos, regulación de aprovechamientos forestales y repoblaciones, medidas de limpieza en bosque y muro) y precisa que con las pruebas de la denunciante no puede deducirse que el disfrute o el uso del derecho de la usufructuaria demandada, su madre, pueda causar el grave perjuicio a los intereses de la demandante. También, que no se aportó ni una sola prueba suficiente como para asumir que descuida la propiedad.
Pero la jueza dice que se ha probado que el demandante con los sucesivos pleitos iniciados pretende dejar sin efecto la última voluntad de su progenitor, obviar la voluntad plenamente libre de este de dejar a su esposa el usufructo de los bienes objeto de litigio. Tanto la usufructuaria como su otra hija codemandada María Benita Espinosa desmontaron las acusaciones de abandono de la propiedad.
La jueza valora con dureza los oficios del Concello de Silleda en el caso. Finalmente concluye que ni hubo mal uso, ni abuso, ni perjuicio real o probable se desprende de la actuación de las codemandadas para la actora y, por tanto, la demanda debe de ser totalmente desestimada.