Junto con la lista de las facturas pendientes de pago, los ayuntamientos deben enviar a Hacienda un plan viable para pagar el crédito entre el 15 y el 31 de marzo. Entonces se abre un plazo de 30 días naturales. Antes del 30 de abril del 2012 el ministerio dará su conformidad al plan. Si la respuesta es positiva se comenzarán a pagar las facturas desde el 1 de mayo.
¿Quién tiene derecho a cobrar? Todos los proveedores que tengan facturas líquidas, vencidas y exigibles generadas por obras, servicios o suministros realizados antes del 1 de enero del 2012.
¿Cómo saber si está incluido en la lista de impagados? Una persona o empresa podrá consultar si ha sido incluida. Si no aparece, y aporta la documentación necesaria, puede reclamar a la corporación que corresponda (local o autonómica) que emita un certificado individual y esta no podrá negarse. ¿Cómo se efectúa el pago? El Ministerio de Hacienda remitirá al Instituto de Crédito Oficial (ICO) la relación de proveedores con derecho a cobro. El ICO dará la orden, pero el pago a los proveedores lo efectuarán las entidades de crédito adheridas ingresando la cantidad pertinente en la cuenta indicada al principio del proceso.
¿Cuándo se empieza a cobrar? Los proveedores de las corporaciones locales comenzarán a cobrar a partir del 1 de mayo. Los de las comunidades autónomas, desde el 15 de mayo.