Un decálogo sirve de base para sustentar la exoneración

La Voz

FIRMAS

En la sentencia se dejan claros los diez pilares sobre los que sustenta la exoneración, un decálogo que comienza asumiendo que las declaraciones «deben ser valoradas no seu conxunto por responder a un propósito común». Como segundo punto, se considera que el asunto abordado tiene «indudable interese público».

En tercer lugar se reafirma el carácter de «instrumento de participación cidadá» de la APDR, lo que le garantiza una «protección semellante á dada a cargos públicos». Por su parte, Ence, «pola súa importancia socioeconómica, está sometida á crítica», eso sí, aceptando «marxes maiores que os particulares nese escrutinio». Como quinto aspecto, se remarca que las expresiones «non son formalmente nin inxuriosas nin insultantes» y forman parte de un debate en el que la pastera, ya como sexto argumento, participa «cos medios que considera lexitimamente precisos».

El séptimo pilar lo constituye el hecho de que las declaraciones pretenden «transmitir unha determinada postura ecolóxica sobre a actividade empresarial na ría», mientras que las referencias a supuestos incumplimientos legales se encuadran dentro de la libertad de expresión. Como novena cuestión, se reafirma que la sanción penal «carece de xustificación» en este caso en el marco de una sociedad democrática.

El decálogo se cierra insistiendo en que abrir un proceso penal atentaría contra la Constitución y el Convenio Europeo de Derechos Humanos.