La dueña de un bar logra una incapacidad permanente total en Ferrol al sufrir fibromialgia y problemas de espalda
FERROL
El Instituto Nacional de la Seguridad Social le abonará una pensión del 55 % de su base reguladora de 1.433,34 euros
04 mar 2026 . Actualizado a las 05:00 h.La dueña de un café bar con estanco acaba de lograr la incapacidad permanente total al sufrir fibromialgia, discopatía lumbar, tendinitis y trastorno adaptativo. La demanda fue presentada en el Juzgado de lo Social número 1 de Ferrol frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social. La mujer, que también trabajaba de camarera en su local, quería que se le reconociese una incapacidad permanente absoluta o subsidiariamente incapacidad permanente total para su profesión habitual. Pero fue desestimada en esa primera instancia al considerarse que sus dolencias no le hacían tributaria de ninguno de los grados solicitados. Recurrió ante el TSXG. Y ahora la Sala de lo Social estima su pretensión subsidiaria y declara que la actora está en situación de incapacidad permanente en grado total por enfermedad común.
La dueña del bar y estanco recibirá el abono de una pensión vitalicia y mensual en la cuantía del 55 % de su base reguladora de 1.433,34 euros y dos pagas extraordinarias; con fecha de efectos, incrementos, mejoras y revalorizaciones que legal y reglamentariamente procedan. Contra esta sentencia cabe recurso de casación para unificación de doctrina.
La demandante estaba en el régimen especial de trabajadores autónomos. Y en un principio la entidad gestora denegó la pensión «por no alcanzar las lesiones que padece un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral para ser constitutivas de una incapacidad permanente». La mujer presentó un recurso de suplicación al TSXG, y finalmente consiguió la incapacidad permanente total. Esta inhabilita a la trabajadora para las tareas fundamentales de su profesión habitual, pero le permite dedicarse a otra actividad distinta. En el caso de que hubiese logrado la absoluta, quedaría inhabilitada por completo para toda profesión u oficio.
La sentencia del TSXG indica que la demandante «está incapacitada para su profesión habitual de camarera propietaria de café-bar y estanco, pero puede afrontar la realización de tareas livianas o sedentarias por lo que no está en situación de incapacidad permanente absoluta». El porcentaje de pensión, en atención a la edad de la actora que es menor de 55 años, se fija en el 55 % sin perjuicio de las revalorizaciones. De hecho, puede aumentar a un 75% si tiene más de 55 años y no trabaja en otra actividad.