El TSXG reduce a la mitad la condena a un hombre por agredir sexualmente a su prima en Ferrol

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Imagen de archivo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia
Imagen de archivo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia PACO RODRÍGUEZ

Rebaja de ocho a cuatro años de prisión la pena impuesta al condenado, y mantiene la inhabilitación para trabajar con menores

07 nov 2025 . Actualizado a las 05:00 h.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha rebajado de ocho a cuatro años de prisión la pena impuesta a un hombre condenado por agredir sexualmente a su prima en Ferrol, al estimar parcialmente el recurso presentado por su defensa. La resolución, dictada el pasado 29 de octubre, modifica la sentencia emitida en julio por la Audiencia Provincial de A Coruña. El alto tribunal mantiene la condena por agresión sexual, pero elimina el subtipo agravado de parentesco o convivencia que había sido aplicado en primera instancia.

Según la nueva sentencia, la Sala considera que en este caso no puede apreciarse un «prevalimiento» derivado de la convivencia familiar, ya que la propia víctima —que se encontraba afectada por la ingesta de alcohol— pidió al acusado que se tumbara junto a ella para vigilarla. A juicio del tribunal, este hecho «diluye» el aprovechamiento de la situación de convivencia que justificaría el agravante.

Pese a la reducción de la pena de prisión y de la orden de alejamiento —que pasa de 14 a 5 años—, el TSXG rechaza el resto de alegaciones de la defensa, que pedía la absolución del acusado alegando un error en la valoración de las pruebas y vulneración del principio de presunción de inocencia.

Inhabilitado

El tribunal sostiene que existen «pruebas suficientes y coherentes» para acreditar los hechos, incluyendo el testimonio de la víctima, la declaración de un hermano suyo y la propia admisión del acusado sobre las penetraciones. Además de la condena de cuatro años de cárcel, el hombre seguirá inhabilitado para trabajar con menores y tiene prohibido comunicarse o acercarse a su prima durante el período fijado por la sentencia.

Contra esta resolución cabe presentar recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.