Un empleado de la sucursal de Maniños de NCG le había endosado 30.000 euros del producto, que deben reintegrarse
17 abr 2013 . Actualizado a las 07:00 h.El Juzgado de Primera Instancia 2 de Ferrol ha dado la razón a una vecina de Maniños (Fene) a la que un empleado de la sucursal local, ya fallecido, le había colocado 30.000 euros de sus ahorros en preferentes, en el año 2003. Ahora la jueza Elvira Méndez Ibias da la razón al letrado Javier Pastor Díaz Mosquera, que llevó el asunto, por entender que Mari Luz S. M., ama de casa, desconocía los términos del complejo contrato de este producto financiero. Entendió que le iban a colocar los ahorros a plazo de cinco años. Pero cuando vencido este período quiso retirar dinero se encontró con que no se lo devolvían, alegando diferentes excusas. Si actualmente cualquier persona que siga las noticias diarias sabe lo que son las preferentes en el 2003 era algo desconocido. La jueza rechaza también la caducidad de la acción, alegada por el banco, recordando que una sentencia del Supremo establece con claridad el vencimiento de este plazo en circunstancias como la planteada.
Tampoco acepta la juzgadora que si recibiesen -ella y su marido- 7.400 euros de intereses por las preferentes entendiesen el producto.
Para pronunciarse en favor de la demandante, la jueza recuerda que la Comisión Nacional del Mercado de Valores describe las preferentes como un producto que en realidad no concede participación del cliente en el banco, ni tampoco le da derecho a voto en el consejo, por lo que parece un contrasentido en denominación que atribuye a una mala traducción del inglés (preference share). Por si fuera poco, añade, el propio ministro De Guindos las calificó como «un gran engaño».
La sentencia recuerda que hasta el ministro De Guindos dice que son «un engaño»