Las multas por impedir la revisión de edificios podrán llegar a 6.000 euros

FERROL

30 abr 2009 . Actualizado a las 12:03 h.

Impedir la revisión técnica de edificios históricos o de más de 50 años estará penalizado con multas de entre 300 y 6.000 euros. Así lo recoge el borrador de la ordenanza de inspección técnica de edificios (ITE), que ayer fue presentado a los grupos en la comisión de Urbanismo por el edil delegado de esa área, Ángel Mato.

El documento detalla un régimen de sanciones basado en la Lei de Ordenación Urbanística e Protección do Medio Rural de Galicia (LOUGA), con la finalidad de garantizar el mantenimiento de los inmuebles históricos. En última instancia, esa normativa permite al Ayuntamiento expropiar el inmueble.

La norma obliga a los propietarios a presentar un informe, similar a la ITV de los vehículos, para sus edificios. Deberán pasarlo todos los que superen el medio siglo de antigüedad, los situados en las áreas de rehabilitación integral o los catalogados en el plan general.

La obtención de ese documento correrá «a conta e cargo» del propietario, y deberá ser expedido por un técnico facultativo competente que él mismo designe. En caso de que el análisis acredite que el inmueble está en estado correcto, no será preciso superar un nuevo análisis hasta una década más tarde.

Si el estudio no es favorable será preciso corregir las deficiencias existentes y volver realizarlo. En el texto final se detallarán la totalidad de las obras de mejora que se hayan realizado.

El informe será positivo si el inmueble es estable y no presenta peligro de caída de ninguno de sus elementos, es estanco al agua, tiene su red de servicios (electricidad, gas y agua) en buen estado y tiene su fachada limpia, sin pintadas ni elementos «obsoletos o disonantes».

A 600 euros al mes

Los informes al año siguiente del 50 aniversario del edificio, aunque durante los primeros nueve años tras la aprobación de la norma el Concello publicará bandos en los que detallará qué inmuebles deben ser revisados en cada momento. Además, podrá instar a los propietarios a realizarlo de forma extraordinaria en tres meses. Si los plazos se incumplen, se avisará al propietario y se le concederán tres meses para presentar el documento. Si la situación se mantiene, el Concello realizará el informe de forma subsidiaria después de tres meses, durante los cuales se sancionará al propietario con multas de 600 euros reiterables mensualmente.

Los propietarios que no presenten el informe podrán ser multados con entre 300 y 6.000 euros, según recoge la LOUGA, Además, no tendrán derecho a las ayudas municipales a la rehabilitación de sus edificios.

Sobre las ayudas, el borrador señala que se establecerá una línea de subvenciones, a la que solo podrán acceder los propietarios que acrediten su carencia de recursos para emprender los costes de la revisión. Las ayudas se concederán con el mismo baremo que el necesario para acceder a una vivienda protegida.