Intervienen el coche de dos narcotraficantes

La Voz LA VOZ | FERROL

FERROL

20 jul 2007 . Actualizado a las 07:00 h.

a Audiencia ha condenado a cuatro años de prisión y multa de 46.486 euros a Dolores Serna Vargas y Joana González Navarro, como autoras de un delito contra la salud pública. El tribunal decidió también el comiso de un turismo Citroën AX y seis teléfonos móviles que le intervino la policía cuando fueron arrestadas, en Narón. Los hechos tienen relación con actividades de venta de cocaína. Dolores, vecina de A Coruña, fue sorprendida en enero del 2006 cuando se dirigía en compañía de otra mujer hacia el campamento de Feixeiro para entregar más de medio kilo de droga. Su acompañante, Joana González Navarro, vecina de Sada, ha sido condenada también a seis meses de cárcel por resistencia a la autoridad. Los jueces no se creen que la droga fuese para el autoconsumo ni que ambas viviesen de su trabajo de limpiadora. «La droga que transportaban era destinada al tráfico con terceras personas». Tampoco acepta la Audiencia Provincial de A Coruña que en el caso de Joana se aplique la atenuante analógica de toxicómana. Porque la importante cantidad de droga que transportaban, con el enorme valor que tiene, pone de manifiesto, añade el fallo, que el adquirir droga para ella misma no era el motivo principal de su actuación. Joana presentó al tribunal certificados conforme estuvo en dos centros de desintoxicación de drogadictos, en Cataluña, tratamientos que inició en 1994, «con resultado irregular». La multa, explica el tribunal, se fija de acuerdo con el valor que tendría la droga de ser distribuida (46.486 euros). En cuanto al turismo, la sentencia explica que era el medio empleado para el transporte de la droga, por ello se decreta su intervención. En cuanto a los teléfonos móviles, dice también, aunque en la investigación no se probó que fuesen utilizados para el trapicheo de la cocaína, «puede tomarse como norma de experiencia que personas que carecen de ingresos, o que viven de una pensión reducida, como es el caso de las dos inculpadas, disponga cada una de ellas de un número desproporcionado de teléfonos móviles, en relación con esa exigua capacidad económica». Porque, se argumenta también dentro de la sentencia, no existe explicación racional alguna de su procedencia y de la necesidad de tener tantos teléfonos. Ello permite presumir que eran utilizados para fines delictivos.