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Choque institucional ante el Constitucional por la rebaja de penas a presos etarras

Cristina Cándido MADRID / COLPISA

ESPAÑA

Carteles con imágenes de presos de ETA
Carteles con imágenes de presos de ETA Cedida

El órgano judicial debe dirimir si la Mesa del Congreso ignoró el rechazo absoluto del pleno del Senado a la controvertida norma

30 dic 2024 . Actualizado a las 14:07 h.

Las rebajas de penas a presos de ETA desemboca, casi dos meses después de su entrada en vigor, en un choque institucional inédito en democracia entre el Congreso y el Senado. La Cámara Alta formalizó el 19 de diciembre ante el Tribunal Constitucional un recurso de conflicto de atribuciones por el que solicita que declare nulo el acuerdo de la Mesa del Congreso -dominada por PSOE y Sumar- del 15 de octubre que avaló la publicación de la reforma legal en el BOE, según ha avanzado este lunes El Confidencial y han confirmado fuentes del Senado a este periódico.

Llegados a este punto, la cuestión que debe dirimir el órgano de garantías es si la Mesa del Congreso ignoró el rechazo absoluto del pleno del Senado por entender que excedió el plazo y socavó las atribuciones de esta Cámara. La convivencia entre ambas instituciones y sus posibles colisiones están reguladas en los artículos 73, 74 y 75 de la ley del TC. 

El cambio legislativo, tramitado con carácter de urgencia y camuflado dentro de otra directiva europea sobre intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones penales en la Unión Europea fue aprobado por unanimidad por el pleno del Congreso el 18 de septiembre. Ni el PP, como tampoco Vox o UPN advirtieron en ese momento de las consecuencias de esta votación en la que a través de dos enmiendas de Sumar se eliminaba la disposición adicional única, introducida por el Ejecutivo de Mariano Rajoy en el año 2014, y que impedía a los etarras computarse los años de condena cumplidos en Francia. Una reforma que a ojos del PP responde a una contraprestación al «pacto encapuchado» del PSOE con EH Bildu.

No fue hasta la llegada de la norma al Senado cuando la formación de Alberto Núñez Feijoo trató de enmendar el «error». Primero, retrasando la votación prevista para el 8 de octubre al día 14. Y después, con una heterodoxa maniobra para retrasar la tramitación. El presidente de la Cámara, el popular Pedro Rollán, interpretó el rechazo por mayoría absoluta del texto en ese pleno -amparándose en un informe sobrevenido de los letrados del Senado- como un «veto».

Una decisión que fue ignorada por la Mesa del Congreso, que zanjó la cuestión anunciando que enviaría el texto al BOE para su publicación y aplicación en lugar de volver la norma al pleno de la Cámara Baja para levantar este veto. Un mes más tarde, con la norma ya en vigor desde el 8 de noviembre, el PP aprobó con su mayoría absoluta en el Senado plantear un conflicto institucional por este asunto. Un procedimiento con el que ya amagó durante la tramitación de la ley de amnistía pero que finamente fue retirado.

El criterio del Congreso, que consideró que al no formalizarse ese veto durante el inicio de la tramitación de la ley en el Senado no se habían seguido los procedimientos adecuados y apeló a la relevancia de la cuestión para no alargar la decisión con una nueva votación en el pleno del Congreso choca con el de los letrados de la Cámara alta, que argumentaron en su informe a que si la mayoría del pleno -como así sucedió- rechaza un texto, aunque no haya sido modificado a través de enmiendas, se supone que es vetado y devuelto al Congreso para su aprobación definitiva.