Las defensas de los procesados por el 1-O miran a Estrasburgo

ESPAÑA

Los líderes independentistas acusados por el proceso soberanista catalán que derivó en la celebración del 1-O y la declaración unilateral de independencia de Cataluña (DUI), (primer banco) Jordi Sánchez (i), expresidente de ANC; Jordi Turull (2i), exconsejero de Presidencia; Josep Rull (3i), exconsejero de Territorio y Sostenibilidad; (segundo banco) Oriol Junqueras (3d), exvicepresidente de la Generalitat; Raül Romeva (2d), exconsejero de Asuntos Exteriores; y Joaquim Forn (d), exconsejero de Interior, durante la primera jornada del juicio en el Tribunal Supremo, en una imagen de archivo.
Los líderes independentistas acusados por el proceso soberanista catalán que derivó en la celebración del 1-O y la declaración unilateral de independencia de Cataluña (DUI), (primer banco) Jordi Sánchez (i), expresidente de ANC; Jordi Turull (2i), exconsejero de Presidencia; Josep Rull (3i), exconsejero de Territorio y Sostenibilidad; (segundo banco) Oriol Junqueras (3d), exvicepresidente de la Generalitat; Raül Romeva (2d), exconsejero de Asuntos Exteriores; y Joaquim Forn (d), exconsejero de Interior, durante la primera jornada del juicio en el Tribunal Supremo, en una imagen de archivo. Emilio Naranjo | Efe

Los expertos no ven base jurídica para defender que se haya vulnerado el derecho de los acusados a un proceso justo

13 feb 2019 . Actualizado a las 08:04 h.

Los abogados basaron ayer sus intervenciones en denunciar la supuesta vulneración de derechos fundamentales de los acusados con vista a un recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH), que no es competente para corregir ni revocar sentencias y solo sanciona violaciones de derechos humanos. 

¿Hay base jurídica para decir que en el procedimiento ha habido vulneración de derechos fundamentales?

«Por lo que conocemos de este proceso, el respeto a los derechos fundamentales de los acusados ha sido exquisito», señala el abogado penalista José María de Pablo. «Es normal, como en cualquier juicio, que existan discrepancias, pero el derecho de defensa, el derecho a la presunción de inocencia, el derecho a la prueba y todos los demás derechos fundamentales han sido respetados de manera exquisita», explica. «Tampoco puede decirse que la prisión provisional de algunos de ellos vulnera sus derechos, es una limitación de derechos necesaria para garantizar la presencia de los acusados en el juicio», añade. «Con una petición de penas tan elevada, y la facilidad de eludir la acción de la justicia huyendo a Bélgica, como se ha demostrado, la prisión provisional era necesaria para evitar el riesgo de fuga».

El magistrado Miguel Pasquau señala que «la justificación dada para la prisión provisional y la consiguiente suspensión del ejercicio de funciones parlamentarias durante la fase de instrucción puede justificar dudas desde el punto de vista de la restricción indebida o innecesaria de derechos fundamentales». Pero no cree que «haya sustento para considerar que se haya vulnerado el derecho a un proceso con jueces independientes e imparciales». Y se muestra «absolutamente convencido de que la sentencia va a depender del juicio, y no de prejuicios, menos aún de presiones». 

¿Se han vulnerado los derechos procesales?

Pasquau destaca que «uno de los puntos más dudosos es el de la competencia para la instrucción y enjuiciamiento por el Supremo». Señala que «en principio la mayoría de los acusados están aforados ante el TSJ de Cataluña para los delitos cometidos en el ámbito de la comunidad, pero el Supremo se ha declarado competente porque las ‘consecuencias’ de las conductas enjuiciadas afectan a todo el Estado». Siendo esto cierto, también lo es que «las reglas de competencia se suelen fijar en función del lugar donde se ‘comete’ la conducta». En todo caso, «una duda sobre el tribunal competente no es causa de nulidad, por no tratarse de una infracción de una garantía sustancial del procedimiento, más importante es el hecho de que al enjuiciarse por el Supremo no cabrá apelación o segunda instancia en caso de condena». Pero resalta que «el Convenio Europeo de Derechos Humanos establece que cuando se juzga en única instancia por la más alta autoridad judicial del Estado no se vulnera el derecho a un juicio justo».

«Aquí hay una alegación de las defensas con la que estoy de acuerdo: la petición de que se acumulen esta causa y la que se sigue contra Trapero en la Audiencia Nacional», sostiene De Pablo. «Al ser la rebelión un delito plurisubjetivo, es decir, que se comete entre varios autores con un reparto de papeles, parece conveniente el enjuiciamiento conjunto en un mismo juicio», concluye.

 ¿La estrategia de descalificar el juicio puede ser eficaz en Estrasburgo?

«Sin duda una de las claves del juicio será que no solo se va a mirar, de frente, a la Sala del Tribunal Supremo, sino también, de reojo, al TEDH», asegura Pasquau. Explica que «para plantear una demanda por vulneración de derechos ante el TEDH es necesario haberla denunciado dentro de los cauces procesales normales». Pero se trata de «una denuncia ‘preventiva’, porque mientras el juicio no concluya no se podrá saber en qué medida se ha producido una verdadera indefensión, y, sin esta, las posibles irregularidades procesales no comportan vulneración de derechos fundamentales ni nulidad». Por otra parte, «las defensas deberían comprender que el Supremo es, en este momento, su principal garantía, o confían en convencerle con argumentos o han perdido de antemano».

«La estrategia de descalificar el juicio es un tremendo error, lo más práctico es ceñirse a una defensa técnica del cliente para obtener la sentencia más favorable para sus intereses», mantiene De Pablo. «Para que los acusados obtengan un fallo favorable en el TEDH deberán demostrar que se ha vulnerado algún artículo del Convenio, pero eso no se hace con soflamas políticas sino con una defensa técnica y jurídica», añade.

Considera que los derechos de defensa, a la presunción de inocencia, a la prueba y todos los demás derechos fundamentales se han respetado «de manera exquisita»