Una respuesta judicial inexcusable pero insuficiente para frenar el reto

Enrique Clemente Navarro
enrique clemente MADRID / LA VOZ

ESPAÑA

Los constitucionalistas destacan en que el Gobierno tiene como arma el artículo 155, que no está de adorno

06 feb 2017 . Actualizado a las 16:46 h.

Las acciones judiciales contra los promotores y organizadores de la ruptura con España son inexcusables cuando cometen actos presuntamente delictivos. Pero no son suficientes para frenar el desafío secesionista. La Generalitat presidida por Carles Puigdemont ha lanzando un órdago que pasa por la celebración del referendo, lo que impide el diálogo. Mariano Rajoy tiene en su mano el arma del artículo 155 de la Constitución, que puede llegar a la intervención de facto de la autonomía. Cuatro catedráticos de Derecho Constitucional analizan la cuestión. 

¿Las acciones judiciales como el juicio a Mas son vías adecuadas y suficientes para frenar el desafío independentista? 

Son insuficientes, pero resulta inexcusable dar una respuesta judicial cuando se cometen actos presuntamente constitutivos de delito, para defender la Constitución y el conjunto del ordenamiento frente a sus infractores. Por dos razones que explica Yolanda Gómez: «el primero para comprobar, con todas las garantías que ofrece el ordenamiento jurídico, si tales hechos se cometieron vulnerando o no la ley; y, en segundo lugar, porque en un Estado de derecho cualquier violación del ordenamiento jurídico que sea conocido debe tener una respuesta conforme al mismo». Roberto L. Blanco Valdés es muy claro: «el poder judicial tiene que actuar en cumplimiento de la ley al margen de cualquier consideración política, de cuáles sean las consecuencias políticas, es lo que exige el imperio de la ley, sin el que no es posible la existencia de un auténtico Estado de Derecho». 

¿Pueden estas acciones dar munición política a los separatistas? 

Hay diferentes opiniones sobre si acciones judiciales como el juicio a Artur Mas o la posible inhabilitación de la presidenta del Parlamento catalán, Carme Forcadell, pueden ser contraproducentes y suministrar arsenal político a los separatistas. Para Blanco Valdés, «nada fortalece más las posiciones secesionistas que la impunidad y el convencimiento que de ella se deriva, que nadie se atreverá a poner límites a sus acciones ilegales por miedo a provocar un grave conflicto entre el Estado democrático y los sublevados». Sin embargo, Joaquín Varela señala que las acciones judiciales son imprescindibles, aunque «es probable que propicien un aumento de la presión de los separatistas al convertir en mártires a los sancionados, si finalmente los hubiere». En la misma línea, Xabier Arbós cree que las medidas judiciales espolean el desafío y, «si hay condenas, serán presentadas como confirmaciones de la tesis según la cual España es una democracia de baja calidad y eso contribuirá a cohesionar al independentismo, que se presentará en el exterior como la víctima de un Estado represivo». 

¿Hay instrumentos legales suficientes? ¿Cuáles?

Los expertos coinciden en que existen instrumentos suficientes en el ordenamiento jurídico para anular los actos contrarios a derecho emanados de las instituciones catalanas así como para inhabilitar y sancionar penalmente a sus responsables. Varela añade que «lo que hace falta es una mayor diligencia y firmeza a la hora de aplicar esos instrumentos por parte sobre todo del Gobierno». Blanco Valdés destaca las medidas que hay en la Constitución para defender las competencias del Estado frente a su invasión por la comunidades autónomas: el recurso de inconstitucionalidad, los conflictos de competencias y la impugnación de las resoluciones de las autonomías previstas en el artículo 161.2. Otra medida es la aplicación de la ley de seguridad nacional, cuyo artículo 29 podría permitir la integración de personal de la Administración catalana bajo la autoridad del presidente del Gobierno. Una de las armas más poderosas que posee Rajoy es aplicar, con el respaldo de la mayoría absoluta del Senado que tiene el PP, el artículo 155 de la Constitución, que le permitiría desde la transferencia de competencias de los Mossos a la Policía Nacional a la suspensión temporal del autogobierno. Como dice Blanco Valdés, se trata de un artículo «que no está de adorno». 

¿Serían necesarias medidas políticas?

Según Blanco Valdés, las medidas legales y políticas «no son contradictorias sino complementarias, debe mantenerse abierta la vía del diálogo y la negociación y, al tiempo, deben aplicarse las leyes cuando proceda». «Dada la complejidad del proceso catalán, no cabe duda de que, junto a la aplicación del derecho, hará falta una atinada negociación política, pero esta no podrá sino discurrir por el estricto cauce constitucional», señala Gómez. «Para resolver ese problema es preciso también adoptar medidas de naturaleza política, muy en particular pasar a la ofensiva en Cataluña con un relato que contrarreste el del separatismo y ponga en evidencia sus falsedades, tanto en el plano de la historia («España contra Cataluña desde 1714») como en el de la economía («España nos roba»), afirma Varela. Arbós señala que las medidas legales «nunca serán suficientes, porque no están pensadas para hacer cambiar los puntos de vista políticos». Por ello, aboga por «la persuasión y la presentación de alternativas creíbles que convenzan a una parte de ese 48 % de votantes de formaciones secesionistas de que la permanencia de Cataluña en España merece la pena».