A partir de ahora puede impugnar todos los actos y medidas que vulneren la ley

E. C. MADRID / LA VOZ

ESPAÑA

El Gobierno vigilará todos los actos y medidas que adopt Artur Mas como presidente en funciones

09 ago 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, advirtió hace días a Artur Mas de que el Gobierno vigilará todos los actos y medidas que adopte como presidente en funciones. ¿Cuáles serían impugnables en todo el proceso que va desde la convocatoria de las elecciones, mediante un decreto, a la constitución de nuevo parlamento?

El decreto

No cabe recurrir la convocatoria por fraude de ley. Los constitucionalistas coinciden en que, dado que Mas ha convocado las elecciones legalmente, como si fueran unas autonómicas normales y sin mencionar el carácter plebiscitario que quieren darles, no hay ningún motivo para que el Gobierno actúe contra la Generalitat. Hay algunos juristas, claramente minoritarios, que ven factible impugnar las elecciones por fraude de ley. Blanco Valdés descarta que se pueda actuar por esa vía. Eduardo Vírgala explica que «el programa electoral puede tener el contenido ideológico que se quiera, hasta la reivindicación de objetivos actualmente no previstos en el ordenamiento constitucional, como puede ser la intención de llegar a la independencia de Cataluña».

El arsenal jurídico

Tres vías para recurrir resoluciones jurídicas. Roberto L. Blanco Valdés explica que «no solo puede sino que el Gobierno debe recurrir todas las medidas que entienda que vulneran la legalidad vigente, todas aquellas que vayan dirigidas a lo que los independentistas llaman la desconexión o a la creación de estructuras de Estado, que vulneren la Constitución o las leyes». Para ello dispone de tres vías: el recurso de inconstitucionalidad, la impugnación del artículo 161.2 de la Constitución, que supone la suspensión automática de la disposición recurrida, y el conflicto de competencias. Arbós señala que serían impugnables decretos inconstitucionales o ilegales o actos administrativos como los que configuraron la seudoconsulta del 9 de noviembre. Lógicamente ese arsenal jurídico también podría utilizarlo para actuar contra las medidas de un hipotético ejecutivo independentista catalán. Incluso el Gobierno podría utilizar el artículo 155 antes de que se aprobara una declaración de independencia formal del Parlamento catalán si Mas incumpliera las resoluciones que pudiera emitir el Tribunal Constitucional durante el proceso.