Un pacto en el último momento evitó la división del tribunal

A. Torices BARCELONA / COLPISA

ESPAÑA

Los conservadores cedieron a la presión de los progresistas para que no se anulara la declaración entera

27 mar 2014 . Actualizado a las 07:00 h.

El pacto que permitió, contra todo pronóstico, que el Tribunal Constitucional emitiese el martes una sentencia unánime sobre la declaración de soberanía del Parlamento catalán fue un acuerdo in extremis, cerrado apenas horas antes del pleno que concluyó el debate, y que estuvo propiciado por unas intensas negociaciones previas lideradas por un grupo reducido de magistrados en las que se diseñó la resolución de mínimos.

Durante meses, como dejó claro el último debate en pleno, en febrero, las posturas permanecieron inamovibles. Todos aceptaban que la soberanía nacional es indivisible. Por lo que, en el marco actual, es inconstitucional que Cataluña se considere «sujeto político y jurídico soberano», pues solo lo es el pueblo español en su conjunto. Sin embargo, mientras los siete conservadores abogaban por anular la declaración al completo, por ver en ella claros efectos jurídicos, los cinco progresistas se oponían, por no ver estos efectos y considerarla solo un deseo político.

No obstante, los doce magistrados tenían claro que estaban ante un asunto de altísima relevancia constitucional en el que tenían que esforzarse por fijar unas mínimas, pero claras, líneas rojas que evitasen un fallo con el tribunal partido en dos, como ocurrió con el Estatuto catalán, que aumentase el desprestigio del tribunal.

Para llegar al mínimo común denominador, se creó un grupo de trabajo reducido formado por el presidente, Francisco Pérez de los Cobos, y el también conservador Pedro González-Trevijano, por un lado, y la vicepresidenta y ponente del fallo, Adela Asua, y el también progresista Juan Antonio Xiol, por otro. Tras un análisis punto a punto de la declaración, hicieron cesiones mutuas que, a su vez, pactaron con sus compañeros de sensibilidad.

El resultado fueron tres líneas rojas: no hay más sujeto jurídico de soberanía que todo el pueblo español; ninguna comunidad puede convocar, por tanto, de forma unilateral un referendo de autodeterminación; y cualquier cambio en el sujeto de soberanía o ejercicio del derecho a decidir requiere de una reforma de la Constitución conforme a los procedimientos reglados. Se anula solo el punto que declara la soberanía de Cataluña porque, aunque todos están de acuerdo ahora en que no tiene efectos jurídicos directos, todos admiten que puede tenerlos.

Por contra, los progresistas evitaron una resolución que vedase las aspiraciones políticas de los soberanistas. No se anula nada más del texto, incluidas la referencias al derecho a decidir, porque se consideran una aspiración política que puede predicarse, perseguirse e incluso lograrse porque la totalidad de la Carta Magna es revisable siempre que existan las mayorías parlamentarias necesarias. Entre las líneas rojas y el libre albedrío para que la voluntad nacional modifique, si así lo desea, los sujetos de soberanía y el derecho a decidir está el diálogo institucional. Y eso, concluyen, es cosa de los políticos.