Los efectos colaterales de la reforma

j. Á. f. redacción / la voz

ESPAÑA

05 feb 2014 . Actualizado a las 07:00 h.

El 16 de octubre de 1998, un juez español, Baltasar Garzón, emitió una orden de detención contra Pinochet y el dictador chileno fue arrestado en Londres. La justicia española se convertía así en pionera en el uso del principio de justicia universal que ya existía en las legislaciones de los países pero que nadie había usado.

Desde entonces cundió el ejemplo, pero quince años después la legislación española sobre la materia va camino de convertirse en la más restrictiva de los países de nuestro entorno.

Cuando entre en vigor la reforma propiciada por el PP, los 11 procesos abiertos en la Audiencia Nacional -caso Couso, genocidios en Guatemala, Tíbet Sáhara y Ruanda, persecución de Falung Gong en China, vuelos de la CIA, campos de concentración nazis, crímenes de guerra en Irak, torturas en Guantánamo y los asesinato de Carmelo Soria en Chile, así como el de Ignacio Ellacuría y otras siete personas en El Salvador- serán sobreseídos.

El único susceptible de reapertura tras la reforma será el del ex ministro del Interior guatemalteco Carlos Vielman, nacionalizado español y acusado de ejecuciones extrajudiciales en su país.