29 ene 2013 . Actualizado a las 07:00 h.
Los parlamentarios no están sujetos a mandato imperativo. Y no solo porque lo dice la Constitución, sino porque su independencia es un principio preconstitucional sin el que la democracia no sería posible. Y para eso sirven el aforamiento, la inmunidad y la especial protección de la que goza el espacio parlamentario.
Estos principios no excluyen el derecho de interpelación y crítica a los diputados, siempre que se realicen fuera de la sede parlamentaria y sin dar la imagen -para mí aberrante- de que son los vociferantes, y no los diputados, los que representan al pueblo.
Por eso la presidenta está obligada a tomar las medidas necesarias para que nadie vuelva a interrumpir el trabajo de sus señorías.