El juez no aprecia pruebas para imputar a la infanta Cristina

Melchor saiz-Pardo PALMA / COLPISA

ESPAÑA

Argumenta que citarla sería «estigmatizarla, lo que no es de recibo»

06 mar 2012 . Actualizado a las 21:10 h.

«En la causa no obra absolutamente ningún testimonio ni declaraciones de imputados que involucren de algún modo a Cristina Federica de Borbón y Grecia en la toma de decisiones de ninguna de las entidades que giran alrededor de su esposo o de Diego Torres». Tajante, pero no es una decisión definitiva. El juez del caso Nóos, José Castro, rechazó ayer la petición de Manos Limpias de llamar a declarar como imputada a la infanta, ya que hacerlo «conduciría a estigmatizarla, lo que no es de recibo».

Pero con la misma firmeza, también apunta que en el futuro no descarta nada si surgieran pruebas contra la hija del rey. «Conviene dejar bien claro que nada más lejos del ámbito de la presente resolución que emitir un juicio de probabilidad con pretensiones de permanencia sobre la responsabilidad que haya podido o no contraer Cristina de Borbón en relación con la actividades de su marido», explica el juez en su resolución.

Castro señala que para citar a Cristina de Borbón o a cualquier persona como imputada en un proceso penal hay que tener «indicios previos» y «racionales» contra esa persona y no meras «elucubraciones, por mucho que estas puedan ser compartidas por un número más o menos amplio de personas».

El instructor analiza de manera pormenorizada el papel de la infanta en este sumario, y en particular su presencia en Nóos como vocal y en Aizoon, como copropietaria en compañía de su marido. Para el juez, el hecho de que la esposa de Iñaki Urdangarin participara en la dirección del instituto «sin ejercer en el mismo funciones ejecutivas» no prueba que tenga «responsabilidad criminal». Solo podría ser imputada, apunta, si las decisiones en Nóos se hubieran tomado «colegiadamente y con el voto a favor de Cristina de Borbón». Algo que, en opinión del instructor, no ocurrió porque la «única dirección» del instituto era la «bicéfala», esto es, Diego Torres y Urdangarin, eso sí, «con el asesoramiento de otras personas», entre las que no se encuentra la hija de rey. Recuerda, asimismo, que nadie vio jamás «merodear» a la infanta por la sede de Nóos o «expresar sus criterios» para la dirección del instituto que supuestamente se enriqueció gracias a los fondos públicos.

En el caso de Aizoon, la empresa familiar desde la que el duque supuestamente desvió a su bolsillo decenas de miles de euros de Nóos, la situación es similar, de acuerdo al análisis que hace Castro. La infanta era propietaria, pero no gestora, y nadie la informó de las cuentas.

Considera el instructor que es «escasamente probable que, siendo Urdangarin y su esposa los únicos partícipes» de Aizoon celebraran entre ellos «algo que formalmente se pareciera a una juntas ordinaria o extraordinaria» en la que el imputado le contara a su mujer oficialmente las actividades de la empresa bajo sospecha.

El mismo razonamiento utiliza para las cuentas de Aizoon. Aunque apareciera la firma de la infanta, hecho que aún no se ha constatado, «son otras personas las encargadas de la elaboración de la cuentas», exculpa el instructor, que insiste en que «la sola plasmación de la firma ningún reproche penal conllevaría». Que hubo «gastos personales» del matrimonio que se cargaron a Aizoon ofrece poca duda para el instructor, habida cuenta de la infinidad de correos electrónicos en los que se apunta a esta práctica, pero, según el juez Castro, no hay pruebas de que estas irregularidades se hicieran con la connivencia de la infanta.