El gobierno de los jueces justifica un trato particular a Urdangarin

g. n. redacción / la voz

ESPAÑA

«No todos los imputados son iguales», argumenta la portavoz del CGPJ

11 feb 2012 . Actualizado a las 22:32 h.

«No todos los imputados son iguales, no todos los asuntos judiciales están sometidos a la misma presión mediática [...] y no en todas las ocasiones puede estigmatizarse tanto la imagen de una persona». Con esta contundencia se pronunció ayer la portavoz del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Gabriela Bravo, sobre la decisión del juez José Castro de no someter a grabación audiovisual la declaración del esposo de la infanta Cristina, Iñaki Urdangarin, como imputado en la causa relativa al Instituto Nóos por presunta corrupción. En el programa Los desayunos de TVE, Bravo vino a decir así que estaba justificada la medida adoptada por el instructor -que después aceptó extender a otros imputados- por el sobredimensionamiento que cobró el caso y en cuanto que se da una especie de linchamiento público, un juicio paralelo al yerno del rey.

Esta medida, de cualquier modo, insistió la portavoz del CGPJ, no se toma «por ser él quien es, sino por las circunstancias que concurren en este caso, derivadas de su dimensión mediática». Para evitar malos entendidos sobre la igualdad de condición, Bravo matizó: «Desde el momento en que a esta persona se citó como imputada ante el juez, está siendo tratada como cualquier otro ciudadano».

Rechazo de los secretarios

Sin embargo, la Unión Progresista de Secretarios Judiciales (UPSJ) desaconsejó ayer «dejar al arbitrio de las partes» la documentación de la declaración de Urdangarin. «Lejos de suponer ello igualdad ante la ley, conculca precisamente esa obligatoria igualdad de todos los ciudadanos», deploró. El UPSJ recordó además que el artículo 454.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina que la competencia para documentar (en este caso, transcribir la declaración y no grabarla) corresponde a su colectivo profesional, ya que «guarda vínculo indisoluble con la fe pública judicial», por lo que un juez no puede decidir sobre ello. Sí pueden, matizan los secretarios, acordar la reserva de las actuaciones atendiendo a las circunstancias concretas del caso, lo que no debe obstaculizar la labor de documentación en la forma que fija la ley.