Se suma a la propuesta del presidente del Senado para «llenar de contenido parlamentario» enero y julio, para lo que no cree necesario cambiar la Constitución
04 mar 2010 . Actualizado a las 02:00 h.José Bono se sumó ayer a la propuesta que hizo el día anterior el presidente del Senado, Javier Rojo, y se declaró también a favor de «llenar de contenido parlamentario» los meses de enero y julio, con la celebración de plenos y comisiones, pero sin cambiar la Constitución.
Pero el presidente del Congreso sostuvo que es «rigurosamente falso» que los diputados tengan «poco deseo de trabajar», ya que es la Constitución la que impide que esos dos meses formen parte de los períodos ordinarios de sesiones. En todo caso, señaló para justificar su iniciativa que se trata de evitar que esa «imagen errónea sea alimentada por un modo de actuar por nuestra parte errático», por lo que buscará fórmulas con los grupos parlamentarios para que se «visualice» que también se trabaja en enero y julio.
Los constitucionalistas consultados por La Voz consideran que para incluir esos meses en los períodos de sesiones de forma permanente sería necesario modificar la Constitución. Esta establece en su artículo 73.1 que «las Cámaras se reunirán anualmente en dos períodos ordinarios de sesiones: el primero, de septiembre a diciembre, y el segundo, de febrero a junio».
«Si de lo que se trata es de convertir enero y julio en meses hábiles para la actividad parlamentaria habitual de forma permanente lo lógico sería cambiar el artículo de la Constitución, que es relativamente sencillo si hay acuerdo entre los grupos», señala el catedrático Roberto L. Blanco Valdés.
Una solución alternativa sin tocar la Constitución, ya prevista en el apartado dos del artículo 73, es «la convocatoria de sesiones extraordinarias, pero se trataría de una medida excepcional que no debería consolidarse como costumbre», según el profesor Rafael Rubio.
Más trabajo en comisión
De la misma opinión es la catedrática Yolanda Gómez, que recuerda que la Carta Magna «establece que deben ser convocadas con un orden del día determinado y que serán clausuradas una vez que este se haya terminado, por lo que no sirven para el trabajo ordinario, sino para una cuestión urgente y puntual». Otra fórmula de ampliar el trabajo parlamentario sería «trabajar más en comisión». El catedrático de Derecho Constitucional Javier García Roca es de la misma opinión, ya que la Carta Magna establece «taxativamente» cuándo comienzan y acaban los períodos de sesiones. En opinión del letrado del Tribunal Constitucional en excedencia, no bastaría con introducir cambios en los reglamentos del Congreso y del Senado, que no pueden ir contra la «literalidad» de la Constitución, y menos aún con una resolución del presidente de la cámara o un acuerdo de la Mesa.
«Está fuera de toda duda que habría que reformar la Constitución, no se pueden modificar reglamentariamente los períodos de sesiones», señala Ramón Punset, catedrático de la Universidad de Oviedo.
El portavoz adjunto del grupo popular, José Luis Ayllón, apunta que existen tres fórmulas para ampliar los trabajos. La primera sería reformar la Constitución; la segunda, que las Cámaras establecieran actividades concretas; la tercera, que los grupos fijaran un calendario de reuniones del pleno, la Diputación Permanente y la Junta de Portavoces.