Todolella quiere justicia

La Voz T.T. | CASTELLÓN

ESPAÑA

Trece meses después de la muerte de 18 personas en un albergue de Castellón, la Audiencia ordena repetir la declaración de los dos únicos supervivientes

21 mar 2006 . Actualizado a las 06:00 h.

Un año después del trágico suceso del albergue de Todolella en el que fallecieron 18 personas por inhalación de monóxido de carbono, la Audiencia de Castellón ha ordenado repetir la declaración de los dos supervivientes y practicar unas pruebas que concreten la situación administrativa del establecimiento. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha estimado el recurso presentado por la Asociación Víctimas de Todolella para que se determine la titularidad del albergue y su régimen de explotación, así como para que testifique de nuevo el alcalde de la localidad, Alfredo Querol. El auto considera que la investigación de los hechos «no ha concluido» y que la práctica de estas diligencias, a las que se opuso el Juzgado de Instrucción número 3 de Vinarós, «son útiles y necesarias» para el esclarecimiento de los hechos y la «depuración de responsabilidades». El 6 de febrero del pasado año, más de 70 personas se reunieron en el albergue de San Cristóbal de Todolella (Castellón) para celebrar el cincuenta cumpleaños de Bartolomé Meseguer. Intoxicación Durante la noche, 18 de los invitados pernoctaron en una estancia común y fallecieron a consecuencia de una intoxicación de monóxido de carbono emitido por unas estufas industriales defectuosas, mientras que el anfitrión de la fiesta y su compañera sentimental sobrevivieron al dormir en una habitación separada. La Asociación Víctimas de Todolella, compuesta por familiares de diez de los fallecidos que ejercen de acusación particular, solicitó al Juzgado de Instrucción número 3 de Vinarós -encargado de la investigación- que se volviera a tomar declaración a los dos supervivientes y al alcalde de la población, que a su juicio debería estar imputado por las muertes al no haber impedido la fiesta. El Juzgado rechazó la práctica de estas diligencias al considerar que no era necesario repetir la declaración de los supervivientes, y que las pruebas periciales únicamente tendrían trascendencia si se tratase de un proceso administrativo, y no de uno penal, como es este caso, por lo que los familiares interpusieron un recurso. En este sentido, la Audiencia afirma que, «si bien es comprensible el criterio de la juez instructora», la investigación de los hechos «aún no ha concluido», ya que «se hace necesario conocer la situación administrativa del albergue, no sólo para una posible determinación de responsabilidades penales sino, en su caso, de responsabilidad civil». Estas diligencias, subraya, se deben practicar «sólo a efectos de esclarecer los hechos», ya que «no se trata de crear unas falsas expectativas en los familiares de las víctimas -como algunas de las partes ha mencionado- sino de configurar la posición de garante de la Administración».