Educación amplía a este año el criterio de que no es necesario aprobar todo para pasar de curso

S. C. REDACCIÓN / LA VOZ

EDUCACIÓN

Miguel Souto

Los equipos valorarán de manera global si se alcanzaron los objetivos de cada etapa en primaria, ESO, bachillerato y FP.  Los estándares de aprendizaje tendrán solo carácter orientativo

03 oct 2020 . Actualizado a las 18:50 h.

Un real decreto aprobado hoy por el Consejo de Ministros por una propuesta del Ministerio de Educación incluye una disposición muy importante: para facilitar la adaptación de las programaciones didácticas a las decisiones que se adopten sobre presencialidad del alumnado en los centros, se otorga el carácter de orientativos a los estándares de aprendizaje evaluables.

Y no solo eso, también «se adaptan los criterios de evaluación, promoción y titulación en primaria, secundaria y bachillerato, de forma que las administraciones educativas podrán autorizar su modificación para adecuarlos mejor a la situación provocada por la pandemia». Como ha ocurrido a final del curso pasado, «los equipos docentes valorarán de manera colegiada y global si se han alcanzado los objetivos de cada etapa» más allá de los objetivos del último curso.

No sorprende que además en el mismo decreto se decida suprimir las evaluaciones de final de etapa de educación primaria y secundaria obligatoria; de hecho esta última, a pesar de haberse aprobado en la Lomce, nunca llegó a celebrarse.

«Los equipos valorarán de manera global si se alcanzaron los objetivos de cada etapa»

Y finalmente, por lo que respecta a la educación obligatoria y el bachillerato, se considerarán días lectivos aquellos «en los que se preste atención y apoyo educativo al alumnado, sea de forma presencial o a distancia».

El decreto alude igualmente a la FP: «Se permite la reducción de la duración de los módulos de formación en centros de trabajo (FCT), respetándose en todo caso el mínimo de horas establecidas en la ley». Es una adaptación similar a la determinada el curso pasado, que limita las horas de práctica a lo mínimo. 

«El alumnado de la enseñanza pública será el más perjudicado»

El sindicato ANPE ha emitido un comunicado a nivel nacional en el que dice que «no se puede dejar al albur de las comunidades autónomas la regulación de los criterios de promoción y titulación», además de que el citado decreto «no solo se quiebra el principio de inseguridad jurídica, sino que también se vulneraría el principio de igualdad de oportunidades del alumnado en función de su lugar de residencia». En cuanto al fondo de la cuestión, desde ANPE cree que es un mensaje «contrario a los valores de esfuerzo y mérito del alumnado» y que sobre todo perjudica al alumnado más vulnerable: «El alumnado de la enseñanza pública será el más perjudicado por esta medida, fundamentalmente el de las clases sociales más desfavorecidas, pues este alumnado no podrá compensar los déficits de aprendizaje por otro medio distinto. Aumentará aún más la brecha social». Frente a esto piden que el Congreso derogue el decreto y a la vez se bajen «las ratios máximas de alumnos por aula y el horario lectivo del profesorado en todas las comunidades» para favorecer «una atención más individualizada al alumnado». 

Celaá zanja la polémica: solo se contratará a interinos sin máster si no halla interesados con el título

La polémica por la contratación excepcional de docentes interinos sin el máster de Profesorado se diluyó ayer tras la publicación del decreto en el que se indica que tienen preferencia aquellos que cuenten con la titulación.

El texto dice exactamente que para la cobertura de las plazas exigidas por el covid «las administraciones educativas podrán nombrar con carácter excepcional, como funcionarios interinos (...) también a aquellos aspirantes a las especialidades demandadas que no cumplan en ese momento con el requisito de estar en posesión del título oficial de formación pedagógica y didáctica de postrado, o equivalente», pero lo podrán hacer (contratar a personas sin el máster) «si se agotaran las listas de personas aspirantes al desempeño de puestos en régimen de interinidad y, en su caso, las de demandantes de empleo, de quienes estén en posesión del título oficial de posgrado que acredite su formación pedagógica y didáctica o formación equivalente».

El intrincado lenguaje administrativo viene a decir que tendrán prioridad los aspirantes con máster aunque no estén en las listas consolidadas. Esta fue la clave de la polémica la semana pasada, cuando se entendía que las administraciones podían contratar a personal sin máster en igualdad de condiciones a los que sí tienen estos estudios.

Galicia optó antes por esta vía

En Galicia el propio conselleiro de Educación, Román Rodríguez, minimizó el enfado general al advertir el viernes, a las pocas horas del anuncio, que primero se contrataría a gente con el máster y solo en los supuestos en los que no haya aspirantes con esa titulación se echaría mano de otro tipo de profesionales.

En la comunidad no hay grandes problemas en ese sentido en general, aunque sí grupos con pocos inscritos en las listas. Se dan sobre todo en las escuelas de idiomas y en algunas especialidades concretas de FP.