Primer fallo que admite que los trabajadores de Glovo son falsos autónomos

E. M. MADRID / COLPISA

ECONOMÍA

EUROPA PRESS

Un repartidor demandó a la empresa porque había sido despedido por participar en una huelga espontánea realizada en septiembre por parte de los «riders» para reivindicar mejoras en sus condiciones

14 feb 2019 . Actualizado a las 05:00 h.

Por primera vez una sentencia reconoce que un repartidor de la plataforma de envíos a domicilio Glovo es un falso autónomo y tiene una relación laboral con la empresa, según informó ayer UGT, en referencia al fallo del Juzgado de lo Social número 33 de Madrid. Se trata de la primera sentencia en este sentido, después de que hace solo una semana otro juzgado fallara a favor de la compañía, apuntando que los repartidores sí son autónomos.

En ese caso, el motivo de la denuncia del trabajador fue que, tras sufrir un accidente y estar unos meses de baja, Glovo le envió una comunicación notificándole que rescindía de sus servicios sin recibir indemnización. En este del que ahora se conoce la sentencia, se trataba de una demanda de un repartidor que había sido despedido por participar en una huelga espontánea realizada en septiembre por parte de los riders de Glovo para reivindicar mejoras en sus condiciones de trabajo.

Tras reconocer la relación laboral, la sentencia califica el despido como nulo por haber sido consecuencia del ejercicio por parte del repartidor de sus derechos fundamentales de huelga y libertad de expresión. Desde UGT, donde recordaron que el fallo se une a otros dos más ganados en Bélgica contra Deliveroo, precisaron que ahora se centrarán en el conflicto colectivo planteado en la Audiencia Nacional y en los procedimientos de la Seguridad Social.