El próximo 1 de julio entrará en vigor el suministro inmediato de información (SII) del IVA, un nuevo sistema de gestión de este impuesto que supone una serie de ventajas tanto para las empresas como para la Hacienda Pública. En lo que respecta a las primeras, las más importantes son no tener que presentar varios modelos informativos, recibir un borrador del IVA (en el futuro), disponer de diez días más para presentar sus autoliquidaciones de IVA y recibir menos requerimientos de solicitud de información por parte de la AEAT, porque Hacienda dispondrá de una mayor cantidad de datos.
Por otro lado, la Administración también se verá beneficiada: dispondrá en tiempo casi real de los libros registros de facturas emitidas, recibidas, bienes de inversión y operaciones intracomunitarias, lo que le ofrece mayor control sobre los contribuyentes.
Ahora bien, implantar el SII también supone inconvenientes para las empresas: aumento del coste en adaptar los sistemas informáticos para trabajar con el nuevo sistema o, en su defecto, si se realiza de forma manual en la web de la AEAT, aumento de los recursos humanos; y la posibilidad de ser sancionado por Hacienda, si no se presentan en el plazo establecido las facturas.
Por lo tanto, y al igual que sucede en otros países como México, el SII supondrá una mayor vigilancia de los contribuyentes por parte de la AEAT. Esto resulta positivo para la mayor parte de la población española, porque permitirá un mayor control sobre los posibles defraudadores de IVA, pero el plazo dado por la Agencia Tributaria para presentar las facturas es un poco escaso.
Esto provocará que algunas empresas no podrán presentar en plazo las facturas solicitadas y serán sancionadas con un 1 % sobre la cantidad de las facturas no declaradas. En consecuencia, resulta injusto para estas empresas, ya que, hasta el momento de la implantación del SII, estas disponían, en el peor de los casos, de 20 días naturales (o 30 días, si se trataba del cuarto trimestre del ejercicio económico) para declarar las facturas.