Ayer, 21 de febrero, finalizó el plazo concedido a las entidades de crédito para disponer de un departamento o servicio especializado encargado de resolver las reclamaciones presentadas con relación con la devolución de las cantidades cobradas de más a los clientes en aplicación de cláusulas suelo. A partir de este momento, comienza el período de tres meses, a contar desde la fecha de presentación de la reclamación, para que entidad y cliente alcancen y materialicen el acuerdo, con la consiguiente devolución en efectivo o medida compensatoria alternativa -amortización parcial del préstamo con cargo a tales cantidades abonadas por el banco-.
A día de hoy, nuestro mapa financiero es un reino de taifas, pues cada entidad se ha descolgado con una estrategia en función de su situación financiera y su política comercial.
Por un lado, tenemos los bancos que podemos denominar osados, encabezadas por Bankia y BMN, los cuales no han dudado en lanzarse a la carrera a la devolución inmediata de las cantidades que reclaman sus clientes. Nada que decir ante tan ejemplar respuesta, salvo recordar que tales entidades son, precisamente, las mismas que fueron saneadas con cargo a una multimillonaria inyección de dinero público. Por su parte, Abanca, inicialmente remisa a asumir tal devolución con carácter general, ya ha dejado caer que el FROB tendrá que hacerse cargo de un 85 % de lo que se reintegre a los clientes.
Otro grupo se caracteriza por haber mostrado una defensa de la transparencia y legalidad de sus cláusulas suelo. En tal postura se sitúan el Sabadell y Liberbank -reforzados por otra reciente sentencia del Tribunal Supremo que dictamina que no todas las cláusulas suelo son ilegales-, que se muestran receptivos a la renegociación con sus clientes y, en especial, si supone convertir un préstamo a tipo variable en otro a interés fijo.
Por último, están las entidades que han manifestado su negativa a la devolución -BBVA, Cajamar, Abanca y Popular-, aunque su postura ha ido evolucionando, desde la mejor disposición de Abanca a la abstención del Popular -¡bastante tiene con «lo suyo»!-, pasando por el dontancredismo del BBVA. Esta entidad manifestó primero que la jurisprudencia del Tribunal Europeo, y la consiguiente normativa del real decreto, no le afectaban, matizando luego que estaba pendiente de la interpretación del Tribunal Supremo y, como tal interpretación vino mal dada, continúa a la espera de conocer los términos de la sentencia.
En definitiva, sin pretender respuestas a la búlgara, la gravedad y seriedad del problema social de fondo y la definitiva resolución de la cuestión jurídica quizás habrían requerido del sector bancario una respuesta uniforme, para que esto no parezca la casa de Tócame Roque.