En los supuestos de copia o duplicado, si el usuario no tiene forma de saber que se está produciendo el fraude, es el banco el que debe devolver lo sustraído
15 nov 2015 . Actualizado a las 05:00 h.Nunca me habían robado virtualmente mi tarjeta de crédito, pero alguna vez tenía que ser la primera, porque yo, sin ningún tipo de reparo ni preocupación, compro con dinero de plástico en comercio tradicional, en Internet e incluso por teléfono (véase cuando reservas un hotel) cada vez que puedo, es decir, cada vez que mi economía familiar me lo permite. El caso es que me llaman del banco y, tras cerciorarse de que soy yo a quien buscan, me dicen que han procedido a anular mi tarjeta.
Con las primeras preguntas comienzo a descubrir un mundo que me era totalmente ajeno Me explican que en realidad no me han robado la tarjeta, y ni tan siquiera me la han clonado, pero sí la había utilizado en un cajero o en un datáfono en los que se habían sido detectadas otras unidades que sí habían sido utilizadas para hacer compras o extraer dinero. Así que por si los cacos tenían la tentación de utilizar el resto de tarjetas, optaron por anularlas todas; entre ellas, la mía. Después de preguntar y repreguntar me explican que fue la policía la que alertó (en mi caso) a la Confederación Española de Cajas de Ahorros y esta a su vez se puso en contacto con el llamado «servicio espía» de mi banco que, a su vez, se puso en contacto conmigo. Me informó de que mi tarjeta quedó bloqueada -en la práctica anulada- hasta que llegase la nueva en unos pocos días. Estos departamentos se dedican a detectar operaciones fraudulentas a través de medios de pagos manipulados. ¿Por qué tanto interés por parte de la entidad? Porque será ella la que se verá en la obligación de devolver el dinero.
La Organización de Consumidores y Usuarios explica que, en los supuestos de copia o duplicado de la tarjeta, como el usuario no pierde en ningún momento su posesión y no tiene forma de saber que se está produciendo el fraude, el banco le deberá devolver de inmediato el importe total de la operación no autorizada, sin que el usuario deba responsabilizarse de ninguna cantidad.
En los casos en que el fraude se produzca por robo o pérdida, el afectado es responsable por el uso fraudulento antes de la comunicación del robo o la pérdida, pero por una cuantía limitada a un máximo de 150 euros, salvo culpa o negligencia grave.
Si a usted le roban o duplican la tarjeta, hay que avisar a la entidad cuanto antes y confirmar ese aviso por escrito, para que quede constancia. La OCU recomienda denunciarlo también en comisaría, pedir que le devuelvan el importe defraudado y exigir los justificantes de todas las operaciones realizadas con la tarjeta. ¿Por qué? Porque si los resguardos están sin firmar o si la firma es muy diferente, se debe de reclamar. En este caso, el banco está obligado a devolver todas las cantidades defraudadas, incluso las que no superen el límite de responsabilidad. Dice la OCU que si la compra es a distancia (por teléfono o Internet, como fue mi caso) se puede exigir que se anule el cargo, pues el titular no es responsable si el medio de pago no se presentó físicamente. Tras pasar el susto, me reí pensando en que en esto del robo de tarjetas no hay discriminación ni por sexo, edad o condición social.