La Unión de Consumidores de la Comunidad Valenciana ha conseguido en primera instancia que la Agencia de Protección de Datos imponga una multa de 60.000 euros a la empresa Cableuropa SAU, conocida anteriormente como ONO, por una infracción de la Ley Orgánica de Protección de Datos.
Según ha informado esta asociación, la empresa vulneró el principio de calidad de los datos e infringió el artículo 4.3 de esta normativa, que establece que las referencias de carácter personal serán exactas y puestas al día de forma que respondan con veracidad a la situación actual del afectado. También se le imputa la infracción del artículo 29.4, según el cual solo se podrá registrar y ceder información para determinar la solvencia económica de los interesados y que no se refieran, cuando sean adversos, a más de seis años, siempre que respondan a la situación actual de los afectados.