Telefónica, multada con 450 millones por dificultar el cambio de operadora

EUROPA PRESS MADRID

ECONOMÍA

Aló y BT denunciaron que la compañía incumplía las peticiones de preselección de sus clientes La preselección de operador le ha salido cara a Telefónica. La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) ha multado a la operadora por no facilitar que un usuario pueda llamar con otra compañía sin tener que marcar prefijo. Tanto BT como Aló denunciaron a Telefónica porque ésta no tramitaba adecuadamente las peticiones de preselección que le llegaban. Al final, la CMT ha multado con 450 millones de pesetas a Telefónica por incumplir sus obligaciones.

21 jul 2000 . Actualizado a las 07:00 h.

La Comisión del Mercado de Telecomunicaciones (CMT) ha impuesto una sanción de 450 millones de pesetas por incumplir sus obligaciones para facilitar la preselección de operador, procedimiento que permite a los abonados cursar sus llamadas por la firma que deseen sin tener que marcar prefijo alguno. Esta sanción culmina el expediente sancionador abierto por la CMT contra Telefónica de España el pasado mes de marzo por el incumplimiento de una de sus resoluciones sobre la preselección de operador, denunciado por BT y RSL COM (Aló). El presidente de la CMT, José María Vázquez Quintana dijo que el organismo se ha visto obligado a imponer esta sanción a Telfónica ante el reiterado incumplimiento de las medidas cautelares que se le impusieron «para defender los derechos y los intereses de estas dos operadoras». Las compañías de telecomunicaciones BT y RSL COM Spain (Aló) presentaron ante la CMT sendas quejas ante la imposibilidad de llegar a un acuerdo con Telefónica sobre la preselección de operador, debido a las condiciones que imponía el operador dominante, y solicitaban al órgano regulador unas medidas cautelares que permitieran poner a disposición de sus clientes la preselección con urgencia. La CMT impuso entonces a Telefónica la obligación de tramitar todas las solicitudes de preasignación que le remitieran BT y Aló en un plazo máximo de cinco días. Telefónica recurrió estas medidas por considerar que podían suponerle «importantes perjuicios de difícil reparación». La CMT consideró al final que concurrían las circunstancias suficientes para sancionar a la operadora.