Una sentencia declara indefinidos a tres integrantes del GES de Lalín

Olimpio Pelayo Arca Camba
o. p. arca LALÍN / LA VOZ

LALÍN

miguel souto

La demanda la impulsó CIG, que continúa logrando por vía judicial el pase a indefinidos de los trabajadores que había requerido Inspección de Trabajo en 2016

27 sep 2019 . Actualizado a las 05:00 h.

Nueva victoria de una demanda laboral impulsada por el sindicato CIG en el Concello de Lalín. En esta ocasión, son tres integrantes del Grupo de Emergencias Supramunicipal los que acaban de adquirir la condición de personal laboral indefinido no fijo, en virtud de la sentencia que acaba de dictar el juzgado de lo social número 4 de Pontevedra. La sentencia recoge en sus hechos probados que los trabajadores superaron un concurso-oposición libre celebrado en el verano del 2013, constando su alta en la Seguridad Social en agosto de aquel año para este contrato de trabajo para obra o servicio determinado.

Pero no era, ni mucho menos, el inicio de su relación laboral con el Concello de Lalín, porque antes de ese último contrato suscrito tras superar el concurso-oposición, habían firmado ya entre 11 y 12 contratos temporales con el ayuntamiento, por lo que expresa la sentencia que la pretensión subsidiaria de los demandantes de ser considerados indefinidos no fijos «debe prosperar sin duda habida cuenta de las circunstancias relatadas. No puede ser la condición de los trabajadores la de temporales al haber transcurrido con mucho el plazo máximo previsto en el artículo 15.1.a) del ET de los tres años desde la fecha del inicio de la contratación de cada uno de ellos». Además, los trabajos para los que fueron contratados, en materia de emergencias y prevención y defensa contra incendios forestales son «competencias municipales, de carácter estructural y estable en lo que se refiere a su prestación, por lo que no se puede considerar que se traten de una obra o servicio limitado en el tiempo».

El fallo judicial recuerda que en julio del 2016 Inspección de Trabajo requirió al Concello de Lalín que transformase en indefinidos una relación de contratos ?una treintena?, dando un plazo de tres meses, sin que el ayuntamiento atendiese aquel requerimiento. Las demandas judiciales impulsadas desde CIG lo están logrando ahora, a base de sentencias judiciales como esta.

El sindicato CIG recurrirá para que sean considerados como fijos

El fallo del tribunal pontevedrés es recurrible, con la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del TSXG. Pese a que la sentencia estima que los tres trabajadores pasen a ser indefinidos no fijos, desde la CIG anuncian ya que recurrirán el fallo para lograr que se considere a los demandantes como personal laboral fijo. El sindicalista Antón Álvarez Merayo explicaba que existe jurisprudencia en ese sentido, porque los trabajadores para incorporarse al GES pasaron unas pruebas selectivas.

De hecho, el mismo texto judicial recoge una sentencia de la sala de lo social del TSXG de junio del 2018 en que en un supuesto similar en A Garda se declaró a los trabajadores fijos, al igual que en otros juzgados de Lugo y Ourense. Merayo demanda que estos puestos sean incluidos en la RPT, máxime tras el reconocimiento judicial de su carácter indefinido: «É outra victoria para os traballadores, aos que seguen dando o carácter de indefinidos. Son postos que hai que meter na RPT», y señala que faltan todavía sentencias por llegar en distintas áreas municipales.