Presentaron un escrito previo a acudir al juzgado de lo social
02 ago 2017 . Actualizado a las 05:00 h.Nueva reclamación en el ámbito laboral en el Concello de Lalín. En esta ocasión son dos trabajadores que venían realizando servicios de mantenimiento de zonas verdes, parques, jardines y arbolado los que se dirigieron al ayuntamiento para solicitar que el Concello acuerde subrogarlos para la prestación de estos servicios. La junta de gobierno local acordó en una de sus última reuniones desestimar la reclamación de ambos, que es previa a la vía jurisdicional social frente al Concello lalinense.
Un rechazo basado en un informe jurídico que ya en su primer punto pone en tela de juicio la legitimación activa de los reclamantes, por cuanto el Concello no tiene ni tuvo en ningún momento relación laboral con ambos. Tampoco admite su pretensión de que el Concello deba subrogarse en la relación laboral que ambos trabajadores mantenían con la empresa contratista ?en el último año, Xestión Ambiental de Contratos? ya que entiende que el convenio colectivo estatal de jardinería no es de aplicación a una entidad pública: expone el informe municipal que un Concello que tenga adjudicado un servicio a una empresa del sector, cuando rescinde esa adjudicación y asume directamente la ejecución de ese servicio público, no actúa como contratista do sector que obtenga una nueva adjudicación, ni que suceda en la contrata a otro contratista anterior. Rechaza así el planteamiento de los demandantes, que consideran que de no subrogarse el Concello en la relación laboral que mantenían con la empresa contratista sin perjuicio de lo que suceda con el proceso de licitación, estarían ante un despido que debiera declararse improcedente, «polo que os traballadores se deben readmitir ou indemnizar legalmente, e abonarlle os salarios deixados de percibir». Y es que el recurso contra las bases de la adjudicación retrasó el proceso, y pilló en medio a ambos trabajadores. Pero el Concello apunta distintas sentencias que imposibilitan la subrogación demandada por los dos operarios. Y cita, entre otros, un fallo que dio la razón al propio Concello lalinense en el 2015, en una demanda de una trabajadora-limpiadora de las piscinas, muy similar a este caso.