Rías Baixas ya está preparada para amparar los vinos espumosos

La Voz

DEZA

Hace ya más de un año que la denominación de origen del albariño cuenta con un reglamento que autoriza la elaboración de vinos espumosos. Pero para que los caldos de este tipo pudieran lucir la etiqueta de Rías Baixas faltaba por desarrollar esa normativa, lo que se hizo a través del manual de calidad el pasado mes de diciembre. El consello regulador está ya listo para amparar a este tipo de elaboraciones. Pero todavía habrá que esperar un año para que estas puedan lucir la etiqueta de Rías Baixas. Y es que el panel de cata deberá autorizar, en primer lugar, el vino base.

La normativa aprobada por el consello regulador sigue la ley general para vinos espumosos. Admite variedades de todo tipo, las blancas como el albariño, pero también las tintas. Queda así abierta la posibilidad de que alguna bodega pueda, por ejemplo, elaborar un rosado, unos caldos que están muy de moda últimamente. Los elaboradores de este tipo de caldos deberán, además, cumplir las exigencias que marca el reglamento de graduación de los mostos.

La única diferencia que existe con la ley general es que las bodegas no estarán obligadas a poner en la etiqueta el año de la cosecha con la que fue elaborada el producto, algo que sí sucede con los albariños del año, por ejemplo.

Las bodegas interesadas en elaborar este tipo de caldos deberán comunicárselo al consello regulador. A diferencia de los Rías Baixas, los espumosos tendrán que superar en dos ocasiones las exigencias del panel de cata del consello regulador. La bodega deberá presentar, en primer lugar, el vino base con el que se elaborará el espumoso. Los técnicos deberán certificar que este es cien por cien albariño, o la mezcla de variedades que lo formen. Cuando el producto esté terminado, tras haber superado todo el proceso, deberá volver al panel de cata. Una vez más, los técnicos deberán certificar que cumple los mínimos de calidad exigidos y podrían salir al mercado con amparo de la DO a finales de año.