Una valoración en función de las edificaciones del entorno

La Voz

DEZA

?os criterios empleados para fijar el justiprecio del metro cuadrado responden a una fórmula jurídica, que determina el aprovechamiento del terreno en función de las parcelas del entorno. Esto es, se toma como referencia la edificación en las zonas próximas al terreno afectado para calcular su aprovechamiento urbanístico: la media, en este caso, se fijó en 3,2 plantas. El caballo de batalla entre los recurrentes y la administración autonómica estaba en la calificación de los terrenos expropiados. Los treinta recurrentes mantuvieron que se trataba de sistemas generales, y por tanto, suelo urbanizable, mientras desde la Xunta se consideraban como rústicos. Las distintas sentencias fallaron a favor de los vecinos, lo que explica que el valor pasase de unos 9 euros iniciales por metro cuadrado a los 200 que ahora señala el auto del TSXG.