El juez anula la suspensión cautelar de la cantera de Granitos Deza en Pedroso

La Voz LA VOZ | LALÍN

DEZA

El tribunal de lo contencioso administrativo falló a favor de la empresa en su recurso El Concello de Rodeiro ordenó paralizar la explotación en julio del pasado año

10 sep 2005 . Actualizado a las 07:00 h.

?l titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Pontevedra falló a favor de Granitos Deza en el litigio iniciado por esta empresa tras ordenar el Concello de Rodeiro la paralización de una cantera de su propiedad, la concesión denominada Puente y ubicada en Pedroso, en julio del pasado año. El juez estima el recurso presentado por Granitos Deza contra sendas resoluciones de la alcaldía, con fechas de 6 y 22 de julio del 2004, acordando la suspensión cautelar de la explotación de granito. El Concello de Rodeiro había iniciado el día 6 de julio del 2004 un expediente sancionador contra Granitos Deza por considerarla responsable de una infracción administrativa calificada como grave y acordó como medida cautelar la suspensión de la explotación. La empresa recurrió esa resolución, que fue desestimada por el Concello y reiteró esa paralización de la cantera ubicada en A Ponte y Laxas (Pedroso) el día 22 de julio del pasado año. Detrás de ese expediente sancionador por parte del Concello se encuentra la situación de la cantera, que ha generado conflictos con los vecinos, además de denuncias e inspecciones ambientales. Se consideró en su día que el frente de la explotación no se encontraba en la ubicación autorizada, además de estar desplazada la escombrera, que se encuentra -al igual que las balsas de decantación-, en la zona de policía del río Arnego. Una serie de presuntas irregularidades que, como consta en la actual sentencia, motivó un escrito de la Dirección Xeral de Calidade e Avaliación Ambiental remitido al Concello de Rodeiro para informar de esas deficiencias e instar la suspensión de la actividad del frente de explotación existente y su restauración. A raíz de ese escrito de la Xunta fue cuando se produjeron las dos resoluciones de la alcaldía recurridas por Granitos Deza, recurso que ha prosperado con el fallo del juez. La empresa argumentó en su recurso contra la suspensión cautelar de la actividad extractiva que no estaba motivada, además de «dictarse sin audiencia del interesado y no ser proporcional, oportuna y razonable». Argumentos de la empresa atendidos por el juez, con sentencia favorable a Granitos Deza y contra la que cabe un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia en un plazo de quince días desde su notificación a las partes.