Con la cautelar de su inhabilitación, el presidente, Manuel Fernández Prado, acudirá este jueves a las elecciones de la española
17 dic 2025 . Actualizado a las 19:57 h.El informe de auditoría del año 2023 a la Federación Gallega de Pádel recogió varias salvedades y el Comité Galego de Xustiza Deportiva (CGXD) propuso la inhabilitación del presidente de la entidad, Manuel Fernández Prado, durante ocho meses por considerar que incurrió en el aprovechamiento particular e ilegítimo del cargo.
Apenas unos días después, otro informe, el correspondiente al ejercicio 2024, recogió más salvedades, referentes a la falta de provisión de gastos devengados, limitaciones en la verificación de existencias, falta de evidencia sobre remuneraciones a la junta directiva, deficiencias en el control del efectivo y falta de evidencia sobre el uso de activos arrendados.
A la vista de un informe de auditoría con salvedades, como es el caso, la Secretaría Xeral para o Deporte puede requerir informe aclaratorio a la federación auditada y requerirle para adoptar medidas de control apropiadas para cada supuesto.
Mientras tanto, Manuel Fernández Prado acudirá este jueves a la sede de la federación española con motivo de las elecciones a la presidencia del ente nacional. Y lo hará gozando de la suspensión cautelar de la propuesta de inhabilitación del Comité Galego de Xustiza Deportiva.
Contencioso-administrativo
El artículo 90.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas prevé que la resolución sancionadora se podrá suspender cautelarmente por el órgano que la dictó cuando el interesado manifieste su intención de interponer recurso contencioso-administrativo contra la misma.
En este caso, el presidente así lo manifestó al CGXD y este acordó suspender cautelarmente la sanción de inhabilitación en aplicación de la jurisprudencia constitucional existente al respecto.
La mencionada auditoría, que salió ayer a la luz, recoge que la federación gallega no reconoció una provisión por gastos devengados, principalmente primas de seguros, correspondientes al ejercicio 2024, lo que ha provocado una sobrevaloración del resultado del ejercicio y del patrimonio neto, e infravaloración del pasivo corriente.
Además, el auditor no pudo asistir al recuento físico de existencias ni realizar procedimientos alternativos para verificar el valor de las mismas y la variación de existencias reconocida en la cuenta de resultados. Tampoco pudo obtener evidencia suficiente sobre la razonabilidad de las remuneraciones registradas a favor de la junta directiva, al no disponer de la documentación justificativa de los gastos.
El auditor no ha podido verificar el saldo de caja ni la ocurrencia de los pagos realizados en efectivo, por falta de documentación que relacione los pagos con actividades federativas.
Y no ha podido obtener evidencia suficiente sobre el uso exclusivo del vehículo adquirido en régimen de arrendamiento financiero para fines federativos.