María C.P. aceptó ayer una condena de seis meses de prisión y multa de 540 euros como autora de un delito de apropiación indebida. La mujer, acusada de retirar del banco y quedarse con 49.400 euros de su tía, que estaba en coma cuando realizó la operación, se enfrentaba a una pena de dos años de prisión y el pago de 2.880 euros. El fiscal, la acusación particular y la defensa alcanzaron un acuerdo, que fue posible ya que la procesada devolvió, antes del juicio, los fondos de los que se había apoderado para reintegrarlos a la comunidad de herederos de su tía fallecida. Los hechos tuvieron lugar hace dos años. El 3 de febrero del 2003, María C.P. acudió a la sucursal de un banco de Carral y canceló la imposición a plazo fijo (IPF) que tenía su tía en una cuenta, en la que ella figuraba como persona autorizada, y a continuación ordenó que los 49.400 euros se depositasen en otra cuenta a su nombre. La mujer incorporó así el dinero del que se había apropiado a su propio patrimonio, restándoselo a la herencia de su tía, de la que otros dos primos eran beneficiarios y a los que ocultó la operación que había llevado a cabo, perjudicándoles. Al día siguiente de efectuar el depósito, la tía de la acusada, que estaba en estado de coma tras sufrir un grave accidente de tráfico, falleció. Justo seis meses después de su muerte, María C.P. se dirigió al departamento de Sucesiones y Donaciones del Servicio de Gestión Tributaria de la delegación en A Coruña de la Consellería de Economía e Facenda y presentó, en nombre de la comunidad hereditaria, la relación de los bienes que integraban la herencia de su difunta tía, aunque omitió cualquier referencia al dinero que había ingresado el 3 de febrero en su cuenta.