31 ago 2013 . Actualizado a las 07:00 h.
La ordenanza tipifica las infracciones. Las leves van desde el uso indebido de las duchas hasta la práctica de la pesca en un lugar no autorizado, y serán sancionadas con cantidades que oscilan entre los 90 y los 750 euros. Las graves pueden alcanzar ya los 1.500 euros, por acciones como la presencia de animales cuando no está permitido, el uso de vehículos prohibidos, la zambullida desde lugares elevados o las hogueras en el arenal. Pero las sanciones pueden llegar incluso hasta los 3.000 euros en el caso de las infracciones muy graves, como vertidos que produzcan contaminación, ocupar la costa con instalaciones sin permiso, dañar la flora o la fauna, o causar desperfectos en el mobiliario.