Justicia más eficaz y menos dispersa

Bernardo Silva

CARBALLO

En ausencia de informaciones detalladas y profusas acerca del penúltimo globo sonda del Ministerio de Justicia (vía recomendación del CGPJ), que podría afectar a la organización de las demarcaciones jurisdiccionales de nuestra comunidad autónoma, y particularmente a las comarcas de la Costa da Morte, un primer y somero análisis nos obliga a movernos en la cautela más absoluta, pero sin perder de vista las consecuencias que para los diversos colectivos implicados en la Administración de Justicia podría suponer el giro organizativo que (al parecer) pretende darse a la demarcación territorial de los juzgados.

La eventual desaparición de los partidos judiciales de Corcubión y Carballo no puede analizarse, a mi juicio, en abstracto, y cabe esperar que la decisión, caso de llegar a adoptarse, vaya acompañada de otras medidas tendentes a alcanzar el mismo objetivo que debe buscarse con esta, a saber, la dinamización y agilización de la justicia.

Se critica a primera vista la pérdida de contacto de la justicia con el ciudadano, pese a ser una de las Administraciones de la que más servicios se demandan por estos (preguntémonos quién no ha tenido que asistir a un juicio, a una subasta, a una boda...), pero, a mi modesto entender, la reforma que ahora se insinúa redundará, precisamente, en lo contrario. La centralización de servicios, al margen de las connotaciones de naturaleza macroeconómica que no escapan a la comprensión del ciudadano en una situación particularmente compleja como la que nos toca vivir en la actualidad, ofrece la posibilidad de reducir trámites si va acompañada del otro gran tótem de nuestro tiempo, esto es, el aprovechamiento de las nuevas tecnologías, que permita la comunicación del ciudadano (y de los restantes operadores jurídicos) con los órganos judiciales a través de plataformas virtuales.

La puesta en marcha del sistema de notificaciones por Red (Lexnet) fue un primer e importantísimo paso, que debe consolidarse (con el uso de la firma electrónica) para conseguir que un elevado porcentaje de trámites puedan desarrollarse sin acudir a la presencia física en la sede del tribunal, que quedaría reducida al imprescindible acto de la vista oral. Desde esta óptica, y más allá de apreciaciones más puntuales que podamos efectuar desde los diversos sectores implicados (abogados, procuradores, jueces, secretarios, funcionarios...), la reforma podría desembocar en una justicia más eficaz y menos dispersa, favoreciendo la concentración de criterios y permitiendo al ciudadano huir de la consabida maldición de tener que acudir a infinidad de ventanas antes de comprobar el destino final que se ha dado a su demanda.