Un litigio entre gasolineras lleva al juzgado a cerrar la de Dena

Maruxa Alfonso Laya
m. alfonso MEAÑO / LA VOZ

AROUSA

Mónica Irago

El tribunal estima una demanda de dos empresas del sector

12 jun 2022 . Actualizado a las 05:00 h.

El juzgado de lo Contencioso Administrativo de Pontevedra ha estimado en parte la demanda interpuesta por Estación de Servicio Outón y Estación de Servicio Xesteira contra el Concello de Meaño y la gasolinera de Plenoil en Dena. Los dos demandantes aseguran que la nueva instalación no cumple con las disposiciones del PXOM y por eso recurrieron a los tribunales, que ahora estiman parcialmente la demanda y decretan el cierre de la estación. La decisión no es firme.

Según recoge la sentencia, fue en junio del 2019 cuando Plenoil presentó la solicitud para instalar una nueva gasolinera en Dena, en el Concello de Meaño. El problema fue que en diciembre de ese mismo año, el pleno del Concello aprobó inicialmente la modificación puntual número 2 del PXOM, lo que determinaba la suspensión del procedimiento de concesión de licencias en los ámbitos del territorio afectados por este cambio durante dos años. Así, cuando Plenoil presentó la solicitud de licencia de obras, en marzo del 2020, esta suspensión todavía estaba vigente

Tras estudiar la documentación presentada por las partes, el juzgado concluye que el ámbito de toda la modificación puntual es todo el término municipal y no solo el suelo del polígono de A Pedreira, como aseguran el Concello y Plenoil. Al mismo tiempo, el tribunal reconoce que si el proyecto de gasolinera cumple de manera simultánea con lo que dice el PXOM en vigor y con lo que recoge la modificación, el proyecto no se vería afectado por la suspensión de licencias. El problema está en que, tal y como denuncian Outón y Xesteira, la instalación no cumple con ambos planeamientos. Basándose en los informes de un perito, el juzgado concluye que el viario no tiene el ancho mínimo constante de doce metros que exige la normativa y que la zona no dispone de ocho plazas de aparcamiento.

Por todo lo anterior, el juzgado concluye que el Concello de Meaño no otorgó correctamente la licencia y ha incurrido en un supuesto de nulidad de pleno derecho. Por eso decreta la inmediata paralización de la actividad, pues está basada en una licencia que se anula y se revoca. Con lo que no está de acuerdo el tribunal es con las aspiraciones de los demandantes de ordenar el derribo de las instalaciones, pues considera que se debe dar la oportunidad a Plenoil para que incoe el oportuno expediente de reposición de la legalidad urbanística. Esta redacción intentó ayer sin éxito ponerse en contacto con Plenoil, mientras que el alcalde prefirió esperar al lunes para valorar la sentencia.